A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241213-1)
Regulación áridos reciclados – Decreto 110/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los requisitos de utilización y usos admitidos de áridos reciclados procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 110/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se regulan los requisitos de utilización y usos admitidos de áridos reciclados
procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
La implantación de un modelo de economía circular es uno de los principales objetivos de la política medioambiental europea, que supone la utilización eficiente y sostenible
de los recursos haciendo especial hincapié en la minimización de los residuos, previniendo
su producción e incentivando una gestión adecuada de los mismos que permita reutilizar,
reciclar y valorizar los recursos que aún contienen. Ello redunda no solo en una mejor protección del medio ambiente, sino también en una mayor autosuficiencia, competitividad y
ahorro, todas ellas cuestiones de especial relevancia en contextos de disrupción de flujos
comerciales internacionales y escasez de materias primas.
El sector de la construcción es precisamente una de las áreas prioritarias consideradas
en el primer “Plan de Acción para una Economía Circular en Europa”, presentado por la
Comisión Europea en 2015, y lo es también en el “Nuevo Plan de Acción de Economía
Circular de la Unión Europea: por una Europa más limpia y más competitiva”, publicado
en 2020. En este nuevo Plan, la construcción continúa siendo un sector estratégico que forma parte de las llamadas cadenas de valor clave y respecto al cual se contemplan medidas
de circularidad mediante una mejora en la gestión de sus residuos y en la utilización de los
mismos una vez han sido convenientemente separados y valorizados, de forma que puedan
reingresar al mercado y al ciclo productivo. Entre la problemática de los residuos de construcción y demolición (en adelante, RCD) se incluye la separación en origen deficiente o
mejorable de los mismos, los vertidos ilegales, y el hecho de que los áridos reciclados tratados no siempre encuentran una salida comercial adecuada.
En este contexto, la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos,
establece la obligación general de los Estados miembros de aprobar medidas para evitar la
generación de residuos y en particular, el desarrollo de acciones que promuevan la prevención, reutilización y reciclado de los residuos de construcción y demolición.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular recoge una serie de objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización material para los residuos de construcción y demolición. Además, la
Estrategia Española de Economía Circular (España Circular 2030), aprobada en junio
de 2020, considera como sector prioritario de actuación los residuos de construcción y demolición y prevé diversas medidas para la mejor gestión y reutilización de los residuos valorizados, en sintonía con los objetivos marcados a nivel comunitario europeo. En este sentido, establece la obligación de separación en origen de los residuos de la construcción y
demolición no peligrosos, que deberán ser clasificados en determinadas fracciones, así
como aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados. Además, indica que la demolición se llevará a cabo preferiblemente de forma selectiva, y con carácter obligatorio a partir del 1 de enero de 2024.
Por su parte, el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022 contempla como objetivo el establecimiento de un Acuerdo Marco Sectorial para impulsar la
utilización de áridos reciclados procedentes de RCD en obras de construcción con medidas
como la inclusión, siempre que sea posible, en los proyectos de construcción de obra pública de un porcentaje mínimo del 5 % de áridos reciclados que, igualmente se aplicará, cuando sea posible, en la obra privada.
La Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid en
el artículo 12.2.b), denominado “Medidas ambientales de las prescripciones técnicas de los
contratos”, con el fin de fomentar y favorecer la utilización de materiales procedentes de la
valorización de RCD, establece que las obras públicas de la Comunidad de Madrid deberán
incluir con carácter preferente la utilización de material árido u otros productos proceden-
BOCM-20241213-1
1
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 110/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se regulan los requisitos de utilización y usos admitidos de áridos reciclados
procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
La implantación de un modelo de economía circular es uno de los principales objetivos de la política medioambiental europea, que supone la utilización eficiente y sostenible
de los recursos haciendo especial hincapié en la minimización de los residuos, previniendo
su producción e incentivando una gestión adecuada de los mismos que permita reutilizar,
reciclar y valorizar los recursos que aún contienen. Ello redunda no solo en una mejor protección del medio ambiente, sino también en una mayor autosuficiencia, competitividad y
ahorro, todas ellas cuestiones de especial relevancia en contextos de disrupción de flujos
comerciales internacionales y escasez de materias primas.
El sector de la construcción es precisamente una de las áreas prioritarias consideradas
en el primer “Plan de Acción para una Economía Circular en Europa”, presentado por la
Comisión Europea en 2015, y lo es también en el “Nuevo Plan de Acción de Economía
Circular de la Unión Europea: por una Europa más limpia y más competitiva”, publicado
en 2020. En este nuevo Plan, la construcción continúa siendo un sector estratégico que forma parte de las llamadas cadenas de valor clave y respecto al cual se contemplan medidas
de circularidad mediante una mejora en la gestión de sus residuos y en la utilización de los
mismos una vez han sido convenientemente separados y valorizados, de forma que puedan
reingresar al mercado y al ciclo productivo. Entre la problemática de los residuos de construcción y demolición (en adelante, RCD) se incluye la separación en origen deficiente o
mejorable de los mismos, los vertidos ilegales, y el hecho de que los áridos reciclados tratados no siempre encuentran una salida comercial adecuada.
En este contexto, la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos,
establece la obligación general de los Estados miembros de aprobar medidas para evitar la
generación de residuos y en particular, el desarrollo de acciones que promuevan la prevención, reutilización y reciclado de los residuos de construcción y demolición.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular recoge una serie de objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización material para los residuos de construcción y demolición. Además, la
Estrategia Española de Economía Circular (España Circular 2030), aprobada en junio
de 2020, considera como sector prioritario de actuación los residuos de construcción y demolición y prevé diversas medidas para la mejor gestión y reutilización de los residuos valorizados, en sintonía con los objetivos marcados a nivel comunitario europeo. En este sentido, establece la obligación de separación en origen de los residuos de la construcción y
demolición no peligrosos, que deberán ser clasificados en determinadas fracciones, así
como aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados. Además, indica que la demolición se llevará a cabo preferiblemente de forma selectiva, y con carácter obligatorio a partir del 1 de enero de 2024.
Por su parte, el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022 contempla como objetivo el establecimiento de un Acuerdo Marco Sectorial para impulsar la
utilización de áridos reciclados procedentes de RCD en obras de construcción con medidas
como la inclusión, siempre que sea posible, en los proyectos de construcción de obra pública de un porcentaje mínimo del 5 % de áridos reciclados que, igualmente se aplicará, cuando sea posible, en la obra privada.
La Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid en
el artículo 12.2.b), denominado “Medidas ambientales de las prescripciones técnicas de los
contratos”, con el fin de fomentar y favorecer la utilización de materiales procedentes de la
valorización de RCD, establece que las obras públicas de la Comunidad de Madrid deberán
incluir con carácter preferente la utilización de material árido u otros productos proceden-
BOCM-20241213-1
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