Alpedrete (BOCM-20241213-54)
Organización y funcionamiento. Reglamento Instalaciones y Servicios Deportivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al haberse presentado reclamaciones/sugerencias durante el plazo de exposición al público de treinta días hábiles, transcurridos desde el día 24 de abril de 2024 hasta el día 10 de junio de 2024, ambos inclusive, según anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 23 de abril de 2024, al acuerdo plenario de aprobación
inicial del Reglamento regulador del uso de las instalaciones y servicios deportivos municipales, adoptado en sesión ordinaria de fecha 4 de abril de 2024, habiéndose resuelto las mismas
mediante Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en su sesión ordinaria de fecha 28
de noviembre de 2024, se hace público el texto íntegro definitivo de dicha norma, para su general conocimiento y entrada en vigor, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 49 y 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva y el texto del reglamento se podrá interponer por los interesados el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de cuantas otras acciones o recursos se consideren pertinentes por los interesados.
REGLAMENTO REGULADOR DEL USO DE LAS INSTALACIONES
Y SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
Exposición de motivos
La práctica de la actividad física y el deporte se ha revelado como una de las mejores
herramientas de protección de la salud, mejora de la calidad de vida e integración social del
individuo.
La formación y la cultura física de los ciudadanos, cada vez mayor, ha generado un incremento notable de la demanda de servicios e infraestructuras deportivas de calidad en el
municipio de Alpedrete, motivo por el cual la política deportiva del Ayuntamiento de Alpedrete se dirige, entre otros objetivos, hacia la construcción de nuevos equipamientos deportivos y el incremento de la oferta de servicios de actividad física y deportiva con el objeto de hacer frente a la creciente demanda de sus ciudadanos.
La propia Constitución Española, a través de su artículo 43, apartado 3 reconoce la trascendencia del deporte al disponer que “los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria,
la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio”,
Por su parte, el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases
de Régimen Local, señala que los municipios ejercerán en todo caso competencias en materia de actividades o instalaciones deportivas y ocupación del tiempo libre.
Las instalaciones deportivas municipales constituyen el equipamiento básico que garantiza la prestación de servicios deportivos por el Ayuntamiento de Alpedrete, cuyo objetivo fundamental es la tutela de la salud pública a través de medidas preventivas y la prestación de los servicios necesarios, así como fomentar la educación física y el deporte y
facilitar la adecuada utilización del ocio.

Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas
de utilización de las instalaciones deportivas municipales, con la finalidad de garantizar su
correcta utilización por parte de los usuarios.
Art. 2. Ámbito de aplicación.—El presente Reglamento se aplicará a las instalaciones deportivas municipales gestionadas directa o indirectamente por el Ayuntamiento de
Alpedrete.

BOCM-20241213-54

TÍTULO PRELIMINAR