Mancomunidad del Sur (BOCM-20241213-92)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

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bierno, distrito, sociedad mercantil, consorcio o fundación responsable, medio y
soporte, adjudicatario o proveedor y período de ejecución.
h) Las retribuciones brutas percibidas anualmente por cada miembro o titular de los
órganos superiores, los titulares de órganos directivos, personal eventual que integra los gabinetes y tenga la condición de director, vocal asesor o asesor y los máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de esta
ordenanza. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones que prevean recibir, en su caso, con ocasión del abandono del cargo, y las que finalmente hubieran
percibido.
i) La información necesaria que permita valorar el grado de cumplimiento y la calidad de los servicios públicos prestados.
Art. 21. Información sobre servicios y procedimientos.—La Mancomunidad del Sur
publicará información relativa a:
a) El catálogo general de los servicios que presta, con información adecuada sobre el
contenido de los mismos, ubicación y disponibilidad, así como el procedimiento
para presentar quejas sobre el funcionamiento de los mismos.
b) Sedes de los servicios y equipamientos de la entidad, dirección, horarios de atención al público y enlaces a sus páginas web corporativas y direcciones de correo
electrónico o canales de prestación de los servicios.
c) Las cartas de servicios y otros documentos de compromisos de niveles de calidad
estandarizados con los ciudadanos, así como los documentos que reflejen su grado de cumplimiento a través de indicadores de medida y valoración.
d) El catálogo de los procedimientos administrativos que tramiten, con indicación
del objeto, formas de iniciación, documentación a aportar, trámites, normativa
aplicable, plazos de resolución y sentido del silencio administrativo, así como, en
su caso, las instancias y formularios que tengan asociados, especificando los que
son realizables vía electrónica.
Art. 22. Información medioambiental y urbanística.—1.
Sur publicará información relativa a:

La Mancomunidad del

a) Los textos normativos aplicables en materia de medioambiente.
b) Las políticas, programas y planes relativos al medioambiente, así como los informes de seguimiento de los mismos.
c) Los estudios de impacto ambiental, paisajísticos y evaluaciones del riesgo relativos a elementos medioambientales.
d) La información sobre recogida y tratamiento de residuos, así como datos y actuaciones en materia de limpieza viaria.
e) Información sobre sugerencias, reclamaciones, denuncias por infracciones de ordenanza y, si da lugar, a una multa sobre limpieza urbana y zonas verdes.
2. La información medioambiental y urbanística se publicará en los términos establecidos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora del derecho de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en el texto
refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y en el resto de la normativa sectorial aplicable, y las posibles lagunas o divergencias
existentes entre dicha normativa sectorial y la normativa general sobre publicidad se resolverán en favor de aquella que estableciese un mayor grado de publicidad
Capítulo IV

SECCIÓN 1.a

Régimen jurídico
Art. 23. Titularidad del derecho.—1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2
de esta ordenanza, cualquier persona es titular del derecho regulado en el artículo 105 b) de
la Constitución, según el régimen jurídico establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y el desarrollo reglamentario que tenga carácter de normativa básica.

BOCM-20241213-92

Derecho de acceso a la información pública