Majadahonda (BOCM-20241213-70)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones servicio Policía
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 297
El valor inicial de esta jornada especial se incrementará anualmente en las siguientes
cantidades:
— Año 2026:
d 115 euros/mensuales cuadrantes distintos del A.
d 230 euros/mensuales cuadrante A.
— Año 2027:
d 130 euros/mensuales cuadrantes distintos del A.
d 260 euros/mensuales cuadrante A.
— Año 2028:
d 150 euros/mensuales cuadrante distinto del A.
d 300 euros/mensuales cuadrante A.
Estas cantidades se actualizarán adicionalmente con las revisiones indicadas en los
PGE para las retribuciones de los empleados públicos a partir del año 2028.
No tendrán consideración de licencias (permiso retribuido) y por tanto no supondrán
ningún descuento en el abono de la jornada especial indicada en el apartado anterior, los siguientes conceptos:
— Asuntos particulares, exceso de jornada y días de compensación.
— Asuntos sindicales.
— Vacaciones.
— Fallecimiento de un familiar de 1.o grado de afinidad o consanguinidad.
— Primer y segundo día en el caso de fallecimiento de un familiar de 2.o grado de afinidad o consanguinidad.
— I.T. por enfermedad profesional como consecuencia de una intervención policial,
con lesiones acreditadas en atestado policial y con parte de lesiones, abarcando un
único periodo mensual de abono.
— Asistencia a procedimiento judicial en caso de turno de noche en día anterior a su
celebración.
— Concurrir a procesos selectivos en el Ayuntamiento de Majadahonda.
XXV. Disposición adicional segunda
BOCM-20241213-70
Las normas contenidas en el presente Anexo entrarán en vigor a partir del 1 de enero
de 2025, salvo lo referente al número mínimo de efectivos en cuadrante A, D y el abono de
la Jornada Especial que entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2025.
En Majadahonda, a 3 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda y
Recursos Humanos (firmado).
(03/19.907/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 297
El valor inicial de esta jornada especial se incrementará anualmente en las siguientes
cantidades:
— Año 2026:
d 115 euros/mensuales cuadrantes distintos del A.
d 230 euros/mensuales cuadrante A.
— Año 2027:
d 130 euros/mensuales cuadrantes distintos del A.
d 260 euros/mensuales cuadrante A.
— Año 2028:
d 150 euros/mensuales cuadrante distinto del A.
d 300 euros/mensuales cuadrante A.
Estas cantidades se actualizarán adicionalmente con las revisiones indicadas en los
PGE para las retribuciones de los empleados públicos a partir del año 2028.
No tendrán consideración de licencias (permiso retribuido) y por tanto no supondrán
ningún descuento en el abono de la jornada especial indicada en el apartado anterior, los siguientes conceptos:
— Asuntos particulares, exceso de jornada y días de compensación.
— Asuntos sindicales.
— Vacaciones.
— Fallecimiento de un familiar de 1.o grado de afinidad o consanguinidad.
— Primer y segundo día en el caso de fallecimiento de un familiar de 2.o grado de afinidad o consanguinidad.
— I.T. por enfermedad profesional como consecuencia de una intervención policial,
con lesiones acreditadas en atestado policial y con parte de lesiones, abarcando un
único periodo mensual de abono.
— Asistencia a procedimiento judicial en caso de turno de noche en día anterior a su
celebración.
— Concurrir a procesos selectivos en el Ayuntamiento de Majadahonda.
XXV. Disposición adicional segunda
BOCM-20241213-70
Las normas contenidas en el presente Anexo entrarán en vigor a partir del 1 de enero
de 2025, salvo lo referente al número mínimo de efectivos en cuadrante A, D y el abono de
la Jornada Especial que entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2025.
En Majadahonda, a 3 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda y
Recursos Humanos (firmado).
(03/19.907/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791