C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241213-25)
Instrucciones admisión alumnos – Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 111
Solución de desempates
Para la solución de desempates en el resultado de la aplicación de este baremo, tendrán prioridad,
por este orden:
1. Puntuación más alta en el apartado 2.1 del baremo
2. Niños con hermanos matriculados en el centro
3. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres, madres o tutores legales
4. En el caso de que el empate continuara se resolverá mediante sorteo unificado
BOCM-20241213-25
Nota 2.- Las Administraciones titulares de casas de niños podrán solicitar a la Dirección
General de Educación Infantil, Primaria y Especial prescindir de la valoración del apartado
primero del presente baremo, cuando en el municipio exista oferta pública de primer ciclo de
Educación Infantil con jornada completa.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
Nota 1.- Los centros harán públicos los criterios acordados por el director del centro o por el
Servicio de Apoyo a la Escolarización que se valoran en el apartado cuarto del baremo y
facilitarán información a las familias al inicio del plazo de presentación de las solicitudes.
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 111
Solución de desempates
Para la solución de desempates en el resultado de la aplicación de este baremo, tendrán prioridad,
por este orden:
1. Puntuación más alta en el apartado 2.1 del baremo
2. Niños con hermanos matriculados en el centro
3. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres, madres o tutores legales
4. En el caso de que el empate continuara se resolverá mediante sorteo unificado
BOCM-20241213-25
Nota 2.- Las Administraciones titulares de casas de niños podrán solicitar a la Dirección
General de Educación Infantil, Primaria y Especial prescindir de la valoración del apartado
primero del presente baremo, cuando en el municipio exista oferta pública de primer ciclo de
Educación Infantil con jornada completa.
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Nota 1.- Los centros harán públicos los criterios acordados por el director del centro o por el
Servicio de Apoyo a la Escolarización que se valoran en el apartado cuarto del baremo y
facilitarán información a las familias al inicio del plazo de presentación de las solicitudes.