B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241212-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 3022/2024, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Psicología, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 296
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
6. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del tribunal calificador la posibilidad de invertir el orden realización
de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
7. El tribunal calificador, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de este
proceso selectivo, publicará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL
es https://sede.comunidad.madrid , o en el enlace de la página web correspondiente a esta
convocatoria, accesible a través de:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos que, en su caso,
no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.
8. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución
de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).
9. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio, así como la de
la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , o en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid .
10. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Novena
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.2.
2.3
Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.
Segundo ejercicio: cada uno de los temas se calificará de cero (0) a veinte (20)
puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez
(10) puntos en cada uno de ellos.
Tercer ejercicio: cada uno de los supuestos prácticos se calificará de cero (0) a
veinte (20) puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez (10) puntos en cada uno de ellos.
La calificación final del segundo y tercer ejercicios vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos que componen cada uno de ellos,
debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta (40) puntos y siendo necesario para
superarlos obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinado el orden de las personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
BOCM-20241212-2
2.1.
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 296
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
6. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del tribunal calificador la posibilidad de invertir el orden realización
de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
7. El tribunal calificador, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de este
proceso selectivo, publicará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL
es https://sede.comunidad.madrid , o en el enlace de la página web correspondiente a esta
convocatoria, accesible a través de:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos que, en su caso,
no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.
8. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución
de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).
9. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio, así como la de
la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , o en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid .
10. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Novena
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.2.
2.3
Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.
Segundo ejercicio: cada uno de los temas se calificará de cero (0) a veinte (20)
puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez
(10) puntos en cada uno de ellos.
Tercer ejercicio: cada uno de los supuestos prácticos se calificará de cero (0) a
veinte (20) puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez (10) puntos en cada uno de ellos.
La calificación final del segundo y tercer ejercicios vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos que componen cada uno de ellos,
debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta (40) puntos y siendo necesario para
superarlos obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinado el orden de las personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
BOCM-20241212-2
2.1.