B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241212-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3022/2024, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Psicología, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 296

6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones.
Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el
desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento
de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con
la legislación vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
Octava
Sistema selectivo
1. El sistema de selección será el de oposición.
2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda
de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase
de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexo de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas y se anuncie la celebración de
su primer ejercicio, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las
bases recogidas en la presente Orden y, teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que
haya sido derogada, la que sustituya a la misma en la fecha de publicación ya indicada.
Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya
recogida en estas bases, el tribunal calificador publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de
ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.
3. La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:
3.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de
cien (100) preguntas, más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en
el caso de que se anule alguna de las anteriores, propuesto por el tribunal, que versarán sobre el programa que figura como Anexo a la presente Orden, y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Las primeras quince (15) preguntas versarán sobre el temario general del
programa.
— Las restantes ochenta y cinco (85) preguntas versarán sobre el temario específico del programa.
— Las cinco (5) preguntas de reserva versarán sobre el temario específico del
programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una
de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco, o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la
contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.
3.2. Segundo ejercicio: Las personas aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas,
deberán desarrollar, por escrito dos (2) temas, a elegir por el opositor entre tres temas extraídos al azar por el tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa.
Los temas desarrollados serán leídos por las personas aspirantes en sesión pública ante el tribunal, que valorará la amplitud de los conocimientos, la claridad y

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