C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20241212-20)
Convenio de gestión –  Convenio de 29 de noviembre de 2024, para la gestión del servicio de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Las Mojadillas” entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., el Ayuntamiento de Valdemorillo y la Urbanización “Las Mojadillas”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 296

EXPONEN
Primero
Que, con fecha 28 de mayo de 2014, se celebró el “Convenio de gestión integral del
servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal
de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, y el Ayuntamiento de Valdemorillo” (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 153, de 30 de junio de 2014), en adelante,
“Convenio de Gestión Integral”.
Segundo
En su Estipulación Segunda se establece que: “El ámbito territorial del presente Convenio se podrá ampliar a otras urbanizaciones, núcleos de población y otros ámbitos, mediante la celebración de Adendas en las que las Partes, actuando por sí o por delegación, podrán acordar los términos de dicha ampliación, junto con la entidad urbanística
colaboradora o comunidad de propietarios que represente a la población de la urbanización.
En dichas Adendas, en las cuales deberá ser parte la Urbanización o entidad, deberá acordarse la fórmula para la financiación de las obras hidráulicas de interés general así como la
adecuación de la red de distribución de la urbanización, núcleo de población o ámbito, a la
normativa técnica que aplica Canal Gestión”; lo que propicia la celebración del presente
Convenio para el ámbito de la Urbanización “Las Mojadillas”.
Tercero
Las Partes celebran el presente Convenio en relación con las previsiones del artículo 16
de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid (en adelante, Ley 3/2008) en el que se prevé la constitución de una sociedad
anónima, esta es Canal, que tendrá por objeto la realización de actividades relacionadas con
el abastecimiento de aguas, saneamiento, servicios hidráulicos y obras hidráulicas, de conformidad con los artículos 5.3 y 6 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid (en adelante, Ley 17/1984), y la
restante normativa aplicable.
Cuarto
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1984, en la Urbanización “Las Mojadillas”,
en el momento de la firma del presente Convenio, los servicios que comprenden el abastecimiento y saneamiento de agua se prestan en la Urbanización de la siguiente forma:
— Aducción y distribución, hasta el contador general, por parte de Canal.
— Mantenimiento y conservación de la red interior de distribución, por parte de la
Urbanización.
— Mantenimiento y conservación de la red interior de alcantarillado, por la Urbanización.
— Depuración, por parte de la Urbanización.
Quinto
En la actualidad, la Urbanización se suministra exclusivamente con recursos de Canal
mediante una acometida de calibre 100 mm con contador de calibre 65 mm, estando amparado por el contrato núm. 234923084 que constituye el único punto de conexión de la red
de la Urbanización a la Red General de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de abonado único.

La red para la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua de consumo humano en la Urbanización ha quedado obsoleta y resulta disfuncional e insuficiente, lo cual entraña, entre otros, los siguientes problemas:
— Diseño deficiente, lo que comporta dificultades de mantenimiento y propensión de
fraudes.
— Estado deficitario debido a su antigüedad y materiales.
— Pérdidas abundantes de agua por su mal estado y precariedad de materiales, lo que
redunda en un aumento en el coste que soportan los vecinos.

BOCM-20241212-20

Sexto