D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241212-27)
Convenio –  Convenio específico de 27 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la remodelación de la sala de lactancia, salas de neonatos (cuidados intermedios y cuidados intensivos) y los pasillos de acceso a la zona de obstetricia y UCI de la Unidad de Hospitalización de Neonatos y Pediatría, del Hospital Universitario de Getafe
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 189

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
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CONVENIO específico de 27 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y
la Fundación Aladina, para la remodelación de la sala de lactancia, salas de
neonatos (cuidados intermedios y cuidados intensivos) y los pasillos de acceso a
la zona de obstetricia y UCI de la Unidad de Hospitalización de Neonatos y Pediatría, del Hospital Universitario de Getafe.
REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid y, en representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de las competencias
que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; el artículo 1 del Decreto 245/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del
Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 245/2023, de 4 de
octubre, el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud; el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008,
de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño
de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que
se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, D.a Belén de Lis López, Secretaria de la Fundación Aladina, con
NIF G-84489954, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada ante notario
D. Juan Romero–Girón Deleito el 18 de octubre de 2005, domiciliada en la calle Tomás Bretón, números 50-52, tercero, oficina 5, 28045 Madrid, y en virtud de la delegación otorgada por
acuerdo del patronato de fecha 14 de marzo de 2024 elevado a público ante el notario D. Segismundo Álvarez Royo-Villanova, en escritura número 1036 el 20 de marzo de 2024.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN

Que tal como señala el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud la ostenta la Viceconsejería de Sanidad.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, la Dirección General de Infraestructuras Sanitarias será la encargada de la supervisión de
proyectos de obras que afecten a su ámbito competencial y al de la Consejería de Sanidad.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias que la Consejería de Sanidad tiene relativas a la humanización y que se recogen en el Decreto 245/2023, de 4 de
octubre.

BOCM-20241212-27

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