C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ - Instituto Franklin-UAH (BOCM-20241209-18)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución del Director del Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá, de 19 de noviembre de 2024, por la que publica VI Convocatoria de ayudas a familia por compensación de gastos de alojamiento de los estudiantes extranjeros matriculados en estudios organizados por el Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá. Curso 2024-25 y 2025-26
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BOCM

LUNES 9 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 293

tamaño de 10 MB, se debe enviar la documentación en varios correos con idéntico
asunto y poniendo el número de correo, según los que se hayan enviado. Extraordinariamente y previo aviso por email a studentservices@institutofranklin.net se
podrá presentar de forma presencial en el Instituto Franklin de la Universidad de
Alcalá en la calle Trinidad, número 1, 28801 Alcalá de Henares, en el día y horas
que se indiquen.
— Plazo: las solicitudes deberán presentarse en un plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. Listas de admitidos y excluidos: una vez examinadas las solicitudes y verificada
toda la información presentada, el Director del Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá hará pública en el tablón de anuncios del Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá, la lista provisional de admitidos y de excluidos, con indicación, en relación a estos últimos, de la causa de su exclusión, concediendo a los interesados el plazo de 10 días
naturales, para que aleguen lo que estimen necesario sobre su exclusión de dicha relación o
subsanen los defectos por los que fueron excluidos. Transcurrido el plazo citado, se hará
pública la relación definitiva de admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios del Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá, que también podrá ser consultada por los interesados en la siguiente dirección: https://institutofranklin.net/conocenos/ayudas_familias
Octava
Protección de datos
Los datos personales recogidos en esta convocatoria serán incorporados a los sistemas
de tratamientos de la Universidad de Alcalá (Instituto Franklin-UAH) con la finalidad de
gestionar el proceso de tramitación y resolución de la convocatoria que tiene como objeto
regular la concesión de ayudas destinadas a familias por compensación de gastos de alojamiento de los estudiantes extranjeros matriculados en Estudios del Instituto Franklin de la
Universidad de Alcalá, así como los pagos correspondientes.
Novena
Comisión de valoración
1. La Comisión encargada de baremar la documentación de los aspirantes estará
compuesta por los siguientes miembros:
— Presidente: Director del Instituto Franklin de la Universidad de Alcalá.
— Vocales: Vicerrector/a de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la
Universidad de Alcalá o persona en quien delegue.
— Delegado/a del Rector para Marketing Institucional y Comunicación Digital o
persona en quien delegue.
— Secretario: Directora de programas y formación del Instituto Franklin-UAH o persona en quien delegue, con voz, pero sin voto.
2. La Comisión gozará de autonomía funcional y se hallará facultada para resolver
las cuestiones no previstas en la presente convocatoria, así como para adoptar cuantos
acuerdos sean necesarios para llevar a buen fin el proceso selectivo.
3. De las sesiones se levantará acta por el Secretario y será suscrita por todos los
miembros de la Comisión que hayan asistido.
4. La Comisión se constituirá una vez publicada la lista definitiva de admitidos, previa convocatoria de la Presidenta.
5. La actuación de la Comisión garantizará la igualdad de oportunidades de los candidatos y el respeto de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
Décima
Criterios de valoración y baremo
1. Localización:
a) Viviendas situadas a 1,5 kilómetros o menos del Centro en el que se desarrollen
los estudios: 5 puntos.
b) Viviendas situadas entre 1.501 metros y 3,5 kilómetros del Centro en el que se desarrollen los estudios: 3 puntos.
c) Viviendas situadas a más de 3,5 kilómetros del Centro en el que se desarrollen los
estudios: 1 punto.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID