D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241207-12)
Convenio –  Convenio de colaboración de 18 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte, para articular la atención a personas mayores en el alojamiento para personas mayores en el entorno rural de Gargantilla de Lozoya
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE DICIEMBRE DE 2024

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dé respuesta al reto que supone su soledad y fragilidad, con especial referencia a entornos
en los que confluyen el riesgo de aislamiento, las peculiaridades de algunos servicios públicos y la ausencia de apoyos (familiares y comunitarios).
Esta actuación será desarrollada en instalaciones propiedad del Ayuntamiento de Gargantilla de Lozoya que han sido cedidas a su Mancomunidad de referencia a tal fin. Dichas
instalaciones configuran una zona de alojamiento, en donde se preservará la intimidad de
quienes allí viven, y una zona abierta a la comunidad.
Segunda
Naturaleza y objetivos de los alojamientos
A los efectos del presente convenio se entiende por alojamiento para personas mayores en el entorno rural el equipamiento de alojamiento, con algunos servicios comunes, para
personas mayores que, gozando de autonomía personal a su ingreso, constituyan una alternativa de convivencia que tenga por objeto facilitar a la persona mayor un modo de vida inclusivo, que, desde una perspectiva de prevención de la dependencia y promoción de la
autonomía personal, no solo integre las actuaciones de prevención primaria y especializa de
servicios sociales sino que además sea capaz de adaptarse, mediante modificaciones del
convenio, a la evolución de las necesidades de apoyo de las personas mayores cuando se
produce el tránsito al reconocimiento legal de su situación de dependencia.
Tercera
Número de plazas objeto del convenio
El número de plazas a convenir es de 12 para personas mayores autónomas o con necesidad
de supervisión o apoyo limitado, en el marco de las condiciones de autorización del centro.
Cuarta
Obligaciones generales
Ambas partes establecen que las prestaciones y servicios de atención a personas mayores objeto del presente convenio, se prestarán por la Mancomunidad en los alojamientos
para personas mayores en el entorno rural de Gargantilla de Lozoya, sita en Camino de Gargantilla al Molino, parcela 126A, Gargantilla del Lozoya y Pinilla, con el contenido y alcance recogidos en el presente instrumento convencional y con el apoyo técnico y supervisión de la Consejería.
Los criterios de priorización en el acceso serán establecidos de común acuerdo entre las
partes suscriptoras del presente convenio. En todo caso, las plazas serán ocupadas por personas que cumplan los requisitos de acceso establecidos en el Anexo I de este Convenio.
Quinta
1. La Consejería asume el compromiso de abonar las cantidades que se detallan en
la cláusula octava por la prestación de los servicios que se detallan en el Anexo I del presente convenio a las personas usuarias.
2. A través del procedimiento de dependencia se podrá asignar a las personas usuarias alguno de los servicios establecidos en el catálogo, que podrán ser prestados desde la
Mancomunidad y su importe será abonado por la Consejería de acuerdo con el precio establecido para los servicios contratados por la Dirección General de mayor y Dependencia.
Dichos servicios se podrán prestar en el centro, previa autorización de la Dirección General competente, mediante adenda al presente convenio. Para ello el centro deberá contar con
la habilitación legal necesaria para su prestación.
Dichos servicios se prestarán en función de la valoración de grado, determinación del PIA
y prioridad de acceso, conforme a la normativa reguladora de acceso a los servicios el catálogo de dependencia.
3. Dar de alta a cada persona en el servicio de teleasistencia de la Comunidad de
Madrid, en la modalidad que en cada caso establezca la Dirección General de atención al
Mayor y a la Dependencia con el fin de asegurar una atención profesional inmediata en caso
de emergencia, detectar posibles situaciones de riesgo, dotar de seguridad y confianza a la
persona mayor, así como para prevenir situaciones de aislamiento o soledad.

BOCM-20241207-12

Compromisos de la Consejería