Valdemoro (BOCM-20241205-93)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
Pág. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 290

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93

VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de
septiembre de 2024, aprobó provisionalmente una serie de propuestas de modificación de la
ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, ordenanza
fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, ordenanza fiscal reguladora
de la clasificación fiscal de las calles/vías públicas del término municipal de Valdemoro, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios urbanísticos, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio integral de recogida de residuos sólidos
urbanos, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras
y reserva de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase y de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Ayuntamiento de Valdemoro para el próximo ejercicio 2025.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales (en adelante TRLRHL) ha sido publicado el anuncio de exposición
al público de tales modificaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
n.o 223 de fecha 18 de septiembre de 2024, en el Tablón de Edictos Municipal y en el Diario La Razón, de fecha 19 de septiembre de 2024 (pág 28).
El Pleno de la Corporación Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2024 ha resuelto las alegaciones presentadas dentro del periodo de exposición
al público y ha aprobado el texto definitivo de la ordenanza general de gestión, inspección
y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
vehículos de tracción mecánica, ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, ordenanza fiscal reguladora de la clasificación fiscal de las calles/vías públicas del término municipal de Valdemoro, ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por prestación de los servicios urbanísticos, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio integral de recogida de residuos sólidos urbanos, ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase y de la ordenanza
fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Ayuntamiento de Valdemoro para el ejercicio 2025.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del TRLRH, se procede a
transcribir el texto íntegro de las siguientes modificaciones aprobadas definitivamente, para
su publicación y entrada en vigor, con indicación de que según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados podrán interponer el
correspondiente recurso contenciosos-administrativo, en la forma y plazos que establece la
Ley reguladora de dicha jurisdicción:

Primero.—Se modifica el punto 1 del artículo 26 relativo al calendario fiscal quedando redactado en los siguientes términos:
"1. Con carácter general, se establece que los períodos para pagar los tributos de carácter periódico serán los siguientes:
a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
— Desde el día 01-04 a 01-06 del ejercicio en curso.

BOCM-20241205-93

ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN
DE LOS TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO
DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO