Buitrago del Lozoya (BOCM-20241205-64)
Organización y funcionamiento. Reglamento Servicio Cultural
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
3. Están obligados a contribuir a la conservación del entorno y a evitar cualquier
comportamiento que pueda causar daño o molestia a la comunidad local.
Art. 9. Regulación del uso de la Sala Municipal de Exposiciones.—Pueden solicitar
el uso de la Sala Municipal de Exposiciones de titularidad Municipal todas las personas autoras de las obras artísticas y/o recopiladoras de los materiales diversos que requieran las
exhibiciones, mayores de edad, españoles y/o extranjeros, residentes y no residentes en
Buitrago del Lozoya.
La técnica y el formato serán libres, pudiendo tratarse de pintura, escultura, fotografía,
instalaciones, videoarte, etc. El número de obras o montajes y sus dimensiones se adaptarán a las características del espacio de exposición.
Las obras, en el caso de pintura o fotografía, podrán estar enmarcadas o no.
Serán de cuenta del expositor el coste de traslado de las obras, la contratación de seguros y los materiales a utilizar que no posea la Sala, así como los gastos de reposición de
los desperfectos causados por la actividad, tales como rellenar agujeros realizados para el
colgaje de obras.
El artista expositor está obligado a ceder formalmente una obra al Ayuntamiento de
Buitrago del Lozoya, pasando a formar parte de las Colecciones Artísticas Municipales,
comprometiéndose el Ayuntamiento a conservar y catalogar cada obra, no pudiendo venderla ni desprenderse de ella, excepto que se formalice cesión de la misma a alguna Institución Pública.
El solicitante del uso de la Sala habrá de rellenar el formulario de solicitud correspondiente, adjuntando un breve curriculum vitae de su actividad artística, relación de obras a
exponer, título, medidas, técnica empleada, fecha de realización y material gráfico, bien en
papel o digital, dependiendo de la forma en que se presente la solicitud.
La solicitud se podrá presentar bien presencialmente en las Oficinas Municipales,
de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, bien por correo postal (Ayuntamiento de Buitrago
del Lozoya. Plaza Picasso, número 1, CP 28730), o bien a través de la sede electrónica
( https://buitragodellozoya.sedeelectronica.es ).
Las fotografías se enviarán en formato JPEG o TIFF, con una resolución de 72 ppp y
un tamaño máximo de 1.024 pixeles en el lado más largo de la imagen.
La solicitud efectuada implica la total aceptación por parte del expositor de toda la normativa reguladora del uso de la Sala Municipal de Exposiciones.
El horario de apertura al público será el determinado por la Oficina de Turismo, situada a la entrada de la Sala, con horario entre las 10 y 14 horas y las 16 a 18 horas, de martes
a viernes, entre las 10 y 14 horas y las 16 a 19 horas los sábados y entre las 10 y 14 horas,
los domingos.
La duración media de la exposición será de 30 días.
Art. 10. Obligaciones del artista-expositor.—El artista/expositor viene expresamente comprometido a asumir las siguientes obligaciones:
— Cumplir las fechas y horarios de montaje y desmontaje asignados, de forma y manera que, en caso de incumplimiento, se entiende que renuncia a la exposición,
quedando excluido de la relación de expositores.
— Atender personalmente la exposición en el período y horario adjudicado.
— Las obras serán instaladas y retiradas por el artista en el espacio expositivo, corriendo el transporte, montaje y desmontaje por su cuenta, así como el arreglo de
los posibles desperfectos.
— Concluida la exposición, tanto el espacio expositivo como los materiales cedidos
para la exposición han de quedar en las mismas condiciones que cuando se cedió.
— Donar al Ayuntamiento una de las obras expuestas.
— Aceptar la potestad del Ayuntamiento de anular la exposición si la misma difiere
sustancialmente del Proyecto para el que el artista ha sido seleccionado.
— Gestionar y abonar los gastos de contratación de un seguro específico que cubra
los riesgos y daños de las obras expuestas.
Por otra parte el artista podrá realizar a su cargo un folleto de mano de la exposición,
debiendo en tal caso constar en el mismo la mención a que “Patrocina el Excmo. Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya”, incluyendo el logotipo del Ayuntamiento, que le será facilitado.
Art. 11. Obligaciones del Ayuntamiento.—El Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya
asume las siguientes obligaciones:
— Notificar al artista/expositor, con un mínimo de 2 meses de antelación, la fecha y
espacio expositivo adjudicado para exponer la obra.
BOCM-20241205-64
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
3. Están obligados a contribuir a la conservación del entorno y a evitar cualquier
comportamiento que pueda causar daño o molestia a la comunidad local.
Art. 9. Regulación del uso de la Sala Municipal de Exposiciones.—Pueden solicitar
el uso de la Sala Municipal de Exposiciones de titularidad Municipal todas las personas autoras de las obras artísticas y/o recopiladoras de los materiales diversos que requieran las
exhibiciones, mayores de edad, españoles y/o extranjeros, residentes y no residentes en
Buitrago del Lozoya.
La técnica y el formato serán libres, pudiendo tratarse de pintura, escultura, fotografía,
instalaciones, videoarte, etc. El número de obras o montajes y sus dimensiones se adaptarán a las características del espacio de exposición.
Las obras, en el caso de pintura o fotografía, podrán estar enmarcadas o no.
Serán de cuenta del expositor el coste de traslado de las obras, la contratación de seguros y los materiales a utilizar que no posea la Sala, así como los gastos de reposición de
los desperfectos causados por la actividad, tales como rellenar agujeros realizados para el
colgaje de obras.
El artista expositor está obligado a ceder formalmente una obra al Ayuntamiento de
Buitrago del Lozoya, pasando a formar parte de las Colecciones Artísticas Municipales,
comprometiéndose el Ayuntamiento a conservar y catalogar cada obra, no pudiendo venderla ni desprenderse de ella, excepto que se formalice cesión de la misma a alguna Institución Pública.
El solicitante del uso de la Sala habrá de rellenar el formulario de solicitud correspondiente, adjuntando un breve curriculum vitae de su actividad artística, relación de obras a
exponer, título, medidas, técnica empleada, fecha de realización y material gráfico, bien en
papel o digital, dependiendo de la forma en que se presente la solicitud.
La solicitud se podrá presentar bien presencialmente en las Oficinas Municipales,
de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, bien por correo postal (Ayuntamiento de Buitrago
del Lozoya. Plaza Picasso, número 1, CP 28730), o bien a través de la sede electrónica
( https://buitragodellozoya.sedeelectronica.es ).
Las fotografías se enviarán en formato JPEG o TIFF, con una resolución de 72 ppp y
un tamaño máximo de 1.024 pixeles en el lado más largo de la imagen.
La solicitud efectuada implica la total aceptación por parte del expositor de toda la normativa reguladora del uso de la Sala Municipal de Exposiciones.
El horario de apertura al público será el determinado por la Oficina de Turismo, situada a la entrada de la Sala, con horario entre las 10 y 14 horas y las 16 a 18 horas, de martes
a viernes, entre las 10 y 14 horas y las 16 a 19 horas los sábados y entre las 10 y 14 horas,
los domingos.
La duración media de la exposición será de 30 días.
Art. 10. Obligaciones del artista-expositor.—El artista/expositor viene expresamente comprometido a asumir las siguientes obligaciones:
— Cumplir las fechas y horarios de montaje y desmontaje asignados, de forma y manera que, en caso de incumplimiento, se entiende que renuncia a la exposición,
quedando excluido de la relación de expositores.
— Atender personalmente la exposición en el período y horario adjudicado.
— Las obras serán instaladas y retiradas por el artista en el espacio expositivo, corriendo el transporte, montaje y desmontaje por su cuenta, así como el arreglo de
los posibles desperfectos.
— Concluida la exposición, tanto el espacio expositivo como los materiales cedidos
para la exposición han de quedar en las mismas condiciones que cuando se cedió.
— Donar al Ayuntamiento una de las obras expuestas.
— Aceptar la potestad del Ayuntamiento de anular la exposición si la misma difiere
sustancialmente del Proyecto para el que el artista ha sido seleccionado.
— Gestionar y abonar los gastos de contratación de un seguro específico que cubra
los riesgos y daños de las obras expuestas.
Por otra parte el artista podrá realizar a su cargo un folleto de mano de la exposición,
debiendo en tal caso constar en el mismo la mención a que “Patrocina el Excmo. Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya”, incluyendo el logotipo del Ayuntamiento, que le será facilitado.
Art. 11. Obligaciones del Ayuntamiento.—El Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya
asume las siguientes obligaciones:
— Notificar al artista/expositor, con un mínimo de 2 meses de antelación, la fecha y
espacio expositivo adjudicado para exponer la obra.
BOCM-20241205-64
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