Alcorcón (BOCM-20241205-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
10. Sistema de selección y calificación
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de
oposición y posteriormente la de concurso.
A) Fase de oposición
Consistirá en la realización de 1 ejercicio único de carácter obligatorio para todas las
personas aspirantes. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.
El ejercicio consistirá en la realización de una prueba tipo test, compuesta por 70 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas
correcta, y que versarán sobre el contenido de los temas incluidos en el programa que figura como Anexo I de las presentes bases. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres opciones en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con 0,50 puntos. El Tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 90 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una
calificación de 35 puntos.
La puntuación obtenida se hará pública en la página web municipal.
B) Fase de concurso
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad:
La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a razón
de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional:
La puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo de Conductor/a de vehículos cuya MMA
exceda de 3500 kg, a razón de 0,30 puntos por cada mes completo trabajado.
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si la experiencia como conductor/a es la señalada en el párrafo anterior, para poder puntuar en este
apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada de la
administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la equivalencia.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
BOCM-20241205-56
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
10. Sistema de selección y calificación
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de
oposición y posteriormente la de concurso.
A) Fase de oposición
Consistirá en la realización de 1 ejercicio único de carácter obligatorio para todas las
personas aspirantes. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.
El ejercicio consistirá en la realización de una prueba tipo test, compuesta por 70 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas
correcta, y que versarán sobre el contenido de los temas incluidos en el programa que figura como Anexo I de las presentes bases. Cada respuesta contestada correctamente se valorará con 1 punto. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres opciones en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con
contestación errónea se penalizará con 0,50 puntos. El Tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En
cualquier caso, la duración no superará los 90 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una
calificación de 35 puntos.
La puntuación obtenida se hará pública en la página web municipal.
B) Fase de concurso
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad:
La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a razón
de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional:
La puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo de Conductor/a de vehículos cuya MMA
exceda de 3500 kg, a razón de 0,30 puntos por cada mes completo trabajado.
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si la experiencia como conductor/a es la señalada en el párrafo anterior, para poder puntuar en este
apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada de la
administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la equivalencia.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
BOCM-20241205-56
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID