C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241205-37)
Concesión ayudas – Orden 2210/2024, de 25 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas a los deportistas madrileños cuyos recursos administrativos han sido estimados, derivados de la Orden 239/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales
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BOCM
Pág. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un
mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su
publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Eficacia
La presente orden será eficaz desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de noviembre de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.
(03/19.670/24)
BOCM-20241205-37
DE LA
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 290
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un
mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su
publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Eficacia
La presente orden será eficaz desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de noviembre de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.
(03/19.670/24)
BOCM-20241205-37
DE LA
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791