C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241205-37)
Concesión ayudas – Orden 2210/2024, de 25 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas a los deportistas madrileños cuyos recursos administrativos han sido estimados, derivados de la Orden 239/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 290
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 121
al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en
materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha
Consejería.
Asimismo, el artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los
deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte,
y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
Segundo
El artículo 10.1 de la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales, prevé que las ayudas reguladas en la orden de convocatoria son compatibles
con cualquier otra subvención, ayuda e ingreso que pueda recibir el beneficiario de cualquier Administración, entidad pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales y, como consecuencia directa de o indirecta del ejercicio de su actividad deportiva, siempre que la cuantía en su conjunto sea inferior a los 20.000 euros.
Asimismo, el artículo 10.2 de la Orden 1835/2016, de 9 de junio, recoge que las ayudas reguladas por la orden de convocatoria son incompatibles con las ayudas otorgadas por
la Fundación Madrid por el Deporte por los resultados obtenidos en el último año puntuable de la convocatoria.
Vista la propuesta de resolución elevada por el Director General de Deportes, y en uso
de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero
Concesión de las ayudas
Conceder las ayudas a los siguientes deportistas, por las cuantías que se relacionan:
Nº DE
EXPEDIENTE
NOMBRE Y APELLIDOS
IMPORTE
DE LA AYUDA
252
Alejandro Montero Campanero
213
Pablo Torres Arias
2.000 euros
2.000 euros
501
Helena Calvo Gómez
1.000 euros
743
Alba Esteban Ortega
1.000 euros
Segundo
El pago de estas ayudas se realizará con cargo al subconcepto 48399, del programa 336A, partida “Familias: otras actuaciones”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024, de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2023, de 27 de
diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2024, por un importe de seis mil euros (6.000 euros), previa presentación por
los beneficiarios, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del certificado
de la Federación a que se refiere el artículo 8 de la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la
que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en
competiciones deportivas oficiales, y el apartado octavo de la Orden 239/2024, de 8 de febrero, de convocatoria de las ayudas.
Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 12 de
la Orden 1853/2016, de 9 de junio.
BOCM-20241205-37
Pago
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 290
JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 121
al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en
materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha
Consejería.
Asimismo, el artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los
deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte,
y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
Segundo
El artículo 10.1 de la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales, prevé que las ayudas reguladas en la orden de convocatoria son compatibles
con cualquier otra subvención, ayuda e ingreso que pueda recibir el beneficiario de cualquier Administración, entidad pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales y, como consecuencia directa de o indirecta del ejercicio de su actividad deportiva, siempre que la cuantía en su conjunto sea inferior a los 20.000 euros.
Asimismo, el artículo 10.2 de la Orden 1835/2016, de 9 de junio, recoge que las ayudas reguladas por la orden de convocatoria son incompatibles con las ayudas otorgadas por
la Fundación Madrid por el Deporte por los resultados obtenidos en el último año puntuable de la convocatoria.
Vista la propuesta de resolución elevada por el Director General de Deportes, y en uso
de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero
Concesión de las ayudas
Conceder las ayudas a los siguientes deportistas, por las cuantías que se relacionan:
Nº DE
EXPEDIENTE
NOMBRE Y APELLIDOS
IMPORTE
DE LA AYUDA
252
Alejandro Montero Campanero
213
Pablo Torres Arias
2.000 euros
2.000 euros
501
Helena Calvo Gómez
1.000 euros
743
Alba Esteban Ortega
1.000 euros
Segundo
El pago de estas ayudas se realizará con cargo al subconcepto 48399, del programa 336A, partida “Familias: otras actuaciones”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024, de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2023, de 27 de
diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2024, por un importe de seis mil euros (6.000 euros), previa presentación por
los beneficiarios, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del certificado
de la Federación a que se refiere el artículo 8 de la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la
que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en
competiciones deportivas oficiales, y el apartado octavo de la Orden 239/2024, de 8 de febrero, de convocatoria de las ayudas.
Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 12 de
la Orden 1853/2016, de 9 de junio.
BOCM-20241205-37
Pago