B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241204-5)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información, Especialidad de Vigilancia de Incendios Forestales (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 289

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a
plazas de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información, Especialidad de Vigilancia de Incendios Forestales (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la
Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 508/2021, de 19 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 18 de
noviembre), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Auxiliar de Control e Información, Especialidad de Vigilancia de Incendios
Forestales (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 1183/2022, de 13 de junio, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 23 de junio).
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la indicada Orden 508/2021,
de 19 de octubre, en concordancia con lo determinado, igualmente, en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, una vez elevada, por el Tribunal Calificador de las citadas pruebas, la relación de personas aspirantes aprobadas en
el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente Resolución comprensiva de ese listado, que será publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por las mismas a la acreditación, en los términos previstos en la expresada Resolución, del cumplimiento de los
requisitos de participación exigidos en la señalada Orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo
de la presente resolución.

1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral fijo de la categoría y especialidad de referencia, las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para elegir destino y presentar la documentación que se especifica a continuación, contemplada en el apartado sexto de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo establecido en la base segunda
de la reseñada Orden 508/2021, de 19 de octubre, debiendo ser dirigida la pertinente documentación a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de
los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.

BOCM-20241204-5

Segundo