Madrid (BOCM-20241204-55)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Ordenanza movilidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 191

BOCM-20241204-55

ZBEDEP Distrito Centro a los vehículos industriales con distintivo ambiental “C” y ECO
que indiquen los titulares de las autorizaciones de la venta ambulante quedará sin efectos
desde la entrada en vigor de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante el director general de Sostenibilidad y Control Ambiental en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
Madrid, a 19 de noviembre de 2024.—El director general de Sostenibilidad y Control
Ambiental, José Amador Fernández Viejo.
(03/19.405/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791