D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241204-50)
Convenio – Convenio de 18 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Olímpico Español, para la colaboración en la realización del proyecto “Tod@s Olímpic@s”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 161
c) Realizar un total de 80 visitas a otros tantos centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación Primaria, para una media de 80 alumnos por centro educativo.
d) Seleccionar y contratar a los deportistas olímpicos y/o de alto nivel que van a participar
en el desarrollo del programa, previa conformidad de la Comunidad de Madrid.
e) En su condición de organizador y ejecutor del proyecto, el COE será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil, laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en
el proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el
proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo del presente convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
f) El COE se responsabilizará de que la realización de la campaña disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo de contingencia que se pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el
proyecto, pólizas que mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras duren las
actividades del proyecto. Asimismo, el COE se comprometerá a mantener indemne
a la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad frente a terceros o participantes
que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que participe la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente convenio.
g) El COE se compromete a incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de
Madrid como colaborador institucional del proyecto durante su celebración, en las
equipaciones de los deportistas olímpicos y/o de alto nivel participantes, en la furgoneta que se utilizará para los desplazamientos de los mismos a los centros educativos, en los materiales didácticos, impresos y digitales, así como en todos los
soportes de comunicación que se empleen para la divulgación del proyecto, incluida la página web y las redes sociales, en la forma en que se consensue entre ambas partes. Todos los costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a
la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid en los diferentes soportes serán por cuenta del COE.
h) El COE podrá divulgar el proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del
proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
i) A los efectos previstos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de
protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, el COE deberá aportar declaración responsable de haber recabado, antes del inicio de la ejecución
del proyecto, los correspondientes certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que participe en el mismo, responsabilizándose de las personas que participen en el programa o sus eventuales sustitutos que
tengan contacto habitual con menores en el desarrollo del proyecto.
Cuarta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
a) Colaborar en la selección de los colegios en los que se llevará a cabo el proyecto
respetando, en la medida de lo posible, el reparto geográfico de las Áreas Territoriales en las que se encuentra estructurada la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades.
b) Impulsar la divulgación del proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales con los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución
del proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidas, publicadas o utilizadas pública o privadamente, a excepción de aquellas que hubieren sido autorizadas por las partes firmantes.
BOCM-20241204-50
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del proyecto, se obliga a realizar las siguientes actuaciones:
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 161
c) Realizar un total de 80 visitas a otros tantos centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación Primaria, para una media de 80 alumnos por centro educativo.
d) Seleccionar y contratar a los deportistas olímpicos y/o de alto nivel que van a participar
en el desarrollo del programa, previa conformidad de la Comunidad de Madrid.
e) En su condición de organizador y ejecutor del proyecto, el COE será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil, laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en
el proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el
proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo del presente convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
f) El COE se responsabilizará de que la realización de la campaña disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo de contingencia que se pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el
proyecto, pólizas que mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras duren las
actividades del proyecto. Asimismo, el COE se comprometerá a mantener indemne
a la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad frente a terceros o participantes
que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que participe la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente convenio.
g) El COE se compromete a incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de
Madrid como colaborador institucional del proyecto durante su celebración, en las
equipaciones de los deportistas olímpicos y/o de alto nivel participantes, en la furgoneta que se utilizará para los desplazamientos de los mismos a los centros educativos, en los materiales didácticos, impresos y digitales, así como en todos los
soportes de comunicación que se empleen para la divulgación del proyecto, incluida la página web y las redes sociales, en la forma en que se consensue entre ambas partes. Todos los costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a
la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid en los diferentes soportes serán por cuenta del COE.
h) El COE podrá divulgar el proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del
proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
i) A los efectos previstos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de
protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, el COE deberá aportar declaración responsable de haber recabado, antes del inicio de la ejecución
del proyecto, los correspondientes certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que participe en el mismo, responsabilizándose de las personas que participen en el programa o sus eventuales sustitutos que
tengan contacto habitual con menores en el desarrollo del proyecto.
Cuarta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
a) Colaborar en la selección de los colegios en los que se llevará a cabo el proyecto
respetando, en la medida de lo posible, el reparto geográfico de las Áreas Territoriales en las que se encuentra estructurada la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades.
b) Impulsar la divulgación del proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales con los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución
del proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidas, publicadas o utilizadas pública o privadamente, a excepción de aquellas que hubieren sido autorizadas por las partes firmantes.
BOCM-20241204-50
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del proyecto, se obliga a realizar las siguientes actuaciones: