D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241204-22)
Convenio –  Convenio de 16 de noviembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa Arganda Residential Leasehold, S. A., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 8.807.933,00 euros, para la promoción de 210 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 93

ANEXO II
DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN
DE ACTUACIONES DEL PRTR
Don/Doña ……………………………………………………, DNI …………………….., como Consejero
Delegado/Gerente/ de la entidad ………………………………………………………….., con NIF
………………………….,
y
domicilio
fiscal
en
134
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………… beneficiaria de ayudas financiadas con recursos
provenientes del PRTR/ que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de
actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente C02,
Inversión I02, declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes
apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en
relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y Proyectos de Inversión en el
marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar
búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
o El nombre del perceptor final de los fondos;
o El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos
sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en
materia de contratación pública;
o Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de
los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE)
2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
o Una lista de medidas para la ejecución de reformas y Proyectos de Inversión en el marco
del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación
pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el
marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».

BOCM-20241204-22

2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente
artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración
de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los
procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la
aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el
marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el
artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de
la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del