D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241204-22)
Convenio –  Convenio de 16 de noviembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa Arganda Residential Leasehold, S. A., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 8.807.933,00 euros, para la promoción de 210 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 91

ANEXO I
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
<RESILIENCIA (PRTR)

Serán aplicables al presente Convenio todos los principios transversales del PRTR contenidos en
sus normas de desarrollo dentro de los cuales se encuentran los siguientes parámetros específicos
a cumplir:
Hitos y Objetivos.
El presente Convenio apoyará específicamente con 210 viviendas finalizadas en el segundo
trimestre de 2026 el cumplimiento del Objetivo Nº 31 del CID: 20.000 nuevas viviendas construidas
en el segundo trimestre de 2026 para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los
criterios marcados de eficiencia energética.
DNSH.

-

Los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no
renovable inferior a los valores límite incluidos en la tabla 60.1, en función de la zona
climática en la que se ubique el edificio, según la clasificación climática del Código Técnico
de la Edificación. Estos valores límite suponen una reducción del 20 % con respecto a los
establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del CTE,
para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.

-

El proyecto de los edificios incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y
demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de
residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes condiciones: 1.º Al menos
el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo
el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se
preparará para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con
la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición
de la UE. 2.º Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de

BOCM-20241204-22

Para el cumplimiento de este Convenio, la actuación no debe causar perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales del PRTR, cumpliendo específicamente: