D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241204-47)
Convenio – Convenio de 15 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el Centro de Educación Superior “Alma Mater” y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 154
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 289
Decimocuarta
Modificación del convenio
Las partes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de
la correspondiente adenda.
Decimoquinta
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6, sometiéndose a los principios de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que
pudieran presentarse, así como a las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Decimosexta
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que
pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, y que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión de Seguimiento, a los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en Madrid, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoséptima
Información pública
El presente convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia del Centro de Educación Superior “Alma Mater” y de la Comunidad de
Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Igualmente, al presente convenio le
será de aplicación lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Decimoctava
Aspectos relativos al desarrollo del convenio
BOCM-20241204-47
Para la aplicación y desarrollo del presente convenio las partes podrán suscribir e incorporar al mismo cuantos anexos consideren oportunos, que deberá ser consensuado en la
Comisión de Seguimiento.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose
firmado en Madrid, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de
la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 15 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Centro de Educación Superior
“Alma Mater”, María Dolores García Mascarell.
(03/19.047/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 154
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 289
Decimocuarta
Modificación del convenio
Las partes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de
la correspondiente adenda.
Decimoquinta
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6, sometiéndose a los principios de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que
pudieran presentarse, así como a las normas generales de derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Decimosexta
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que
pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, y que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión de Seguimiento, a los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en Madrid, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoséptima
Información pública
El presente convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia del Centro de Educación Superior “Alma Mater” y de la Comunidad de
Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Igualmente, al presente convenio le
será de aplicación lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Decimoctava
Aspectos relativos al desarrollo del convenio
BOCM-20241204-47
Para la aplicación y desarrollo del presente convenio las partes podrán suscribir e incorporar al mismo cuantos anexos consideren oportunos, que deberá ser consensuado en la
Comisión de Seguimiento.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose
firmado en Madrid, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de
la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 15 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Centro de Educación Superior
“Alma Mater”, María Dolores García Mascarell.
(03/19.047/24)
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ISSN 1989-4791