D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241204-47)
Convenio – Convenio de 15 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el Centro de Educación Superior “Alma Mater” y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 149
3. Nombrar un profesional-tutor responsable del programa de formación del estudiante y encargado de las relaciones con el tutor académico que nombre el Centro de Educación Superior “Alma Mater”. El profesional-tutor de la Consejería será una persona
vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico del Centro de Educación Superior “Alma
Mater” a la conclusión de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por el Centro de Educación Superior “Alma Mater”.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en el Centro de Educación Superior “Alma Mater”.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en el Centro de Educación Superior “Alma Mater”, de las incidencias surgidas durante la realización de las prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo de las
prácticas o a las normas de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en
la gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación
será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Quinta
El Centro de Educación Superior “Alma Mater” tomará bajo su responsabilidad y a su
cargo las siguientes actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada periodo académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará y el calendario para cada periodo de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a
en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde el Centro de Educación Superior “Alma Mater” que realizará los trámites necesarios
para la obtención del reconocimiento.
d) En su caso, la oferta formativa para el profesional-tutor del centro o servicio de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, indicando las condiciones especiales ofrecidas.
e) En su caso, la posibilidad de utilización de los recursos bibliográficos del fondo documental del Centro de Educación Superior “Alma Mater” por el profesional-tutor
del centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
f) Una vez formalizado el Anexo correspondiente, y antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y servicios donde realizarán las prácticas, se deberá remitir a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales un
certificado emitido por el responsable de prácticas del Centro de Educación Superior “Alma Mater”, en el que se recogerá la identidad de los estudiantes con expresión del nombre, dos apellidos, datos de contacto, curso, periodo de realización
de las prácticas, horario, número total de horas y los centros y/o servicios dónde
desarrollaran el programa de prácticas. Este certificado deberá ser validado por la
BOCM-20241204-47
Obligaciones del Centro de Educación Superior “Alma Mater”
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 149
3. Nombrar un profesional-tutor responsable del programa de formación del estudiante y encargado de las relaciones con el tutor académico que nombre el Centro de Educación Superior “Alma Mater”. El profesional-tutor de la Consejería será una persona
vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico del Centro de Educación Superior “Alma
Mater” a la conclusión de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por el Centro de Educación Superior “Alma Mater”.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en el Centro de Educación Superior “Alma Mater”.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en el Centro de Educación Superior “Alma Mater”, de las incidencias surgidas durante la realización de las prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo de las
prácticas o a las normas de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en
la gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación
será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Quinta
El Centro de Educación Superior “Alma Mater” tomará bajo su responsabilidad y a su
cargo las siguientes actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada periodo académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará y el calendario para cada periodo de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a
en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde el Centro de Educación Superior “Alma Mater” que realizará los trámites necesarios
para la obtención del reconocimiento.
d) En su caso, la oferta formativa para el profesional-tutor del centro o servicio de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, indicando las condiciones especiales ofrecidas.
e) En su caso, la posibilidad de utilización de los recursos bibliográficos del fondo documental del Centro de Educación Superior “Alma Mater” por el profesional-tutor
del centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
f) Una vez formalizado el Anexo correspondiente, y antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y servicios donde realizarán las prácticas, se deberá remitir a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales un
certificado emitido por el responsable de prácticas del Centro de Educación Superior “Alma Mater”, en el que se recogerá la identidad de los estudiantes con expresión del nombre, dos apellidos, datos de contacto, curso, periodo de realización
de las prácticas, horario, número total de horas y los centros y/o servicios dónde
desarrollaran el programa de prácticas. Este certificado deberá ser validado por la
BOCM-20241204-47
Obligaciones del Centro de Educación Superior “Alma Mater”