D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241204-47)
Convenio – Convenio de 15 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el Centro de Educación Superior “Alma Mater” y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 289
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
47
CONVENIO de 15 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el
Centro de Educación Superior “Alma Mater” y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de
la Consejería.
En Madrid, a 15 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D.a María Dolores García Mascarell, representante legal del Centro de Estudios Superiores “Alma Mater”, con CIF B-44731040 y domicilio Avenida de la Constitución, 190, de Torrejón de Ardoz, Madrid, en su condición de Administradora Única.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica y competencia para suscribir el
presente convenio, y a tal efecto,
I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f) el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
II. El presente Convenio se acoge al Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
III. La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, (en adelante “la Consejería”), es el órgano de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución
de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de servicios sociales,
mujer e inmigración. A estos efectos, ejerce las competencias que tiene atribuidas por el Estatuto de Autonomía, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y demás normas legales y reglamentarias y, en particular, el desarrollo
general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los ámbitos siguientes: servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración, cooperación al desarrollo,
familia, natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y
servicios de atención social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en
los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de todas las personas, mujeres,
mayores, LGTBI, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación.
La Consejería, a la que corresponden las competencias atribuidas anteriormente a la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, cuya estructura orgánica se estableció en
el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, tiene entre sus fines el
impulso y la realización de actividades de estudio, investigación y formación especializada
en materias propias de la Consejería.
IV. El Centro de Estudios Superiores “Alma Mater”, según se recoge en sus Estatutos tiene como objeto social la educación superior mediante la investigación, la docencia y
el estudio.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
BOCM-20241204-47
EXPONEN
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MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 289
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
47
CONVENIO de 15 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el
Centro de Educación Superior “Alma Mater” y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de
la Consejería.
En Madrid, a 15 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D.a María Dolores García Mascarell, representante legal del Centro de Estudios Superiores “Alma Mater”, con CIF B-44731040 y domicilio Avenida de la Constitución, 190, de Torrejón de Ardoz, Madrid, en su condición de Administradora Única.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica y competencia para suscribir el
presente convenio, y a tal efecto,
I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f) el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
II. El presente Convenio se acoge al Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
III. La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, (en adelante “la Consejería”), es el órgano de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución
de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de servicios sociales,
mujer e inmigración. A estos efectos, ejerce las competencias que tiene atribuidas por el Estatuto de Autonomía, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y demás normas legales y reglamentarias y, en particular, el desarrollo
general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los ámbitos siguientes: servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración, cooperación al desarrollo,
familia, natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y
servicios de atención social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en
los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de todas las personas, mujeres,
mayores, LGTBI, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación.
La Consejería, a la que corresponden las competencias atribuidas anteriormente a la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, cuya estructura orgánica se estableció en
el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, tiene entre sus fines el
impulso y la realización de actividades de estudio, investigación y formación especializada
en materias propias de la Consejería.
IV. El Centro de Estudios Superiores “Alma Mater”, según se recoge en sus Estatutos tiene como objeto social la educación superior mediante la investigación, la docencia y
el estudio.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
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