C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241204-16)
Concesión ayudas – Orden 1371/2024, de 29 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a empresas y personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 53
previos al pago. Asimismo, se someterán al régimen de control regulado en los artículos 12 y
siguientes de la mencionada Ley.
3. Estas ayudas están sometidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de
diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
Cuarto
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Quinto
Efectos
Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de noviembre de 2024.
CIAL DE LA
BOCM-20241204-16
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
B.O.C.M. Núm. 289
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 53
previos al pago. Asimismo, se someterán al régimen de control regulado en los artículos 12 y
siguientes de la mencionada Ley.
3. Estas ayudas están sometidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de
diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
Cuarto
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Quinto
Efectos
Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de noviembre de 2024.
CIAL DE LA
BOCM-20241204-16
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO