Alcorcón (BOCM-20241203-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 288
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento
en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este
Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999, de la Consejería de Hacienda, y al punto 7.o de la Orden 1175/1988, de la Consejería de Hacienda.
9. Sistema de selección y calificación
El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales:
A. Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B. Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como técnico/a de Participación (subgrupo A2): 0,1 por mes completo trabajado hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como técnico/a Medio/a (subgrupo
A2) distinto de técnico/a de Participación: 0,05 por mes completo trabajado
hasta un máximo de 4 puntos.
C. Grado personal: hasta un máximo de 2 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 2 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo convocado.
— 1 punto por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo convocado.
D. Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 6 puntos.
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará un
máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada y
relacionada con el puesto de trabajo convocado (se incluyen cursos relacionados
con labores de jefatura, gestión, organización del trabajo y de las personas así
como todas aquellas de interés en el ámbito de la administración que puedan ser
de utilidad en el desempeño del puesto de trabajo: procedimiento administrativo,
contratación, legislación, subvenciones, etc.) siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre de la persona, fecha de expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona deberá aportar el
programa formativo.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de
formación con las Administraciones Públicas. También los impartidos por
Universidades o en colaboración con éstas.
— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención se puntuarán
hasta un máximo de 0,5 puntos.
BOCM-20241203-62
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 288
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento
en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este
Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999, de la Consejería de Hacienda, y al punto 7.o de la Orden 1175/1988, de la Consejería de Hacienda.
9. Sistema de selección y calificación
El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales:
A. Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B. Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como técnico/a de Participación (subgrupo A2): 0,1 por mes completo trabajado hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como técnico/a Medio/a (subgrupo
A2) distinto de técnico/a de Participación: 0,05 por mes completo trabajado
hasta un máximo de 4 puntos.
C. Grado personal: hasta un máximo de 2 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 2 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo convocado.
— 1 punto por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo convocado.
D. Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 6 puntos.
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará un
máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada y
relacionada con el puesto de trabajo convocado (se incluyen cursos relacionados
con labores de jefatura, gestión, organización del trabajo y de las personas así
como todas aquellas de interés en el ámbito de la administración que puedan ser
de utilidad en el desempeño del puesto de trabajo: procedimiento administrativo,
contratación, legislación, subvenciones, etc.) siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre de la persona, fecha de expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona deberá aportar el
programa formativo.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de
formación con las Administraciones Públicas. También los impartidos por
Universidades o en colaboración con éstas.
— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención se puntuarán
hasta un máximo de 0,5 puntos.
BOCM-20241203-62
Pág. 188
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