Alcorcón (BOCM-20241203-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 187
c) Fotocopia de la titulación exigida en la Convocatoria conforme al apartado 3.c.
d) Anexo II. Autobaremación de méritos y fotocopia simple de los mismos. Sólo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.
El Servicio de Recursos Humanos emitirá de oficio certificación del vínculo jurídico y los servicios prestados en este Ayuntamiento de cada aspirante, que unirá
a la documentación aportada en su solicitud, para su valoración en el Concurso,
por lo que los/as aspirantes deberán autobaremar estos servicios prestados en su
Anexo II, aunque no aporten el documento acreditativo.
En lo referente a otros méritos que deseen que sean valorados, aunque pudieran
constar en su expediente personal, deberán presentar, junto con su solicitud, la siguiente documentación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo, nombramientos o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría
desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado
que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
e) Anexo III. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones del puesto.
f) Anexo IV. Declaración responsable de no haber sido separado/a del servicio ni hallarse inhabilitado/a.
5. Publicaciones en el tablón de anuncios
Todas las referencias hechas al “Tablón de Anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.
6. Lugar de presentación de solicitudes
Las solicitudes, según Anexo I, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón dentro del plazo indicado en el apartado 4. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.
Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.
7. Admisión de personas candidatas
8. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a presidente/a,
un/a secretario/a y dos vocales, todos con voz y voto, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
BOCM-20241203-62
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será
publicada en la página web municipal. Las personas excluidas y las que no figuren ni en la
relación de admitidas ni en la de excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar el motivo
de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el órgano competente se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web.
También se publicará en la página web el día y hora de la exposición de la memoriaproyecto.
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 187
c) Fotocopia de la titulación exigida en la Convocatoria conforme al apartado 3.c.
d) Anexo II. Autobaremación de méritos y fotocopia simple de los mismos. Sólo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.
El Servicio de Recursos Humanos emitirá de oficio certificación del vínculo jurídico y los servicios prestados en este Ayuntamiento de cada aspirante, que unirá
a la documentación aportada en su solicitud, para su valoración en el Concurso,
por lo que los/as aspirantes deberán autobaremar estos servicios prestados en su
Anexo II, aunque no aporten el documento acreditativo.
En lo referente a otros méritos que deseen que sean valorados, aunque pudieran
constar en su expediente personal, deberán presentar, junto con su solicitud, la siguiente documentación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo, nombramientos o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría
desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado
que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
e) Anexo III. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones del puesto.
f) Anexo IV. Declaración responsable de no haber sido separado/a del servicio ni hallarse inhabilitado/a.
5. Publicaciones en el tablón de anuncios
Todas las referencias hechas al “Tablón de Anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.
6. Lugar de presentación de solicitudes
Las solicitudes, según Anexo I, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón dentro del plazo indicado en el apartado 4. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.
Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.
7. Admisión de personas candidatas
8. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a presidente/a,
un/a secretario/a y dos vocales, todos con voz y voto, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
BOCM-20241203-62
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será
publicada en la página web municipal. Las personas excluidas y las que no figuren ni en la
relación de admitidas ni en la de excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar el motivo
de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el órgano competente se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web.
También se publicará en la página web el día y hora de la exposición de la memoriaproyecto.