C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241202-19)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 15 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024

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b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
Las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional podrán prestar servicio también a
los trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo no incluidos anteriormente, siempre y cuando la dedicación a estos trabajadores no menoscabe la atención de las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción.
4. Fuentes de financiación y coste previsible.
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 4.500.000 euros.
5. Plazo de ejecución.
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos.
Facilitar la integración laboral de trabajadores con discapacidad en el mercado protegido de los Centros Especiales de Empleo, ayudando a superar las barreras a las que se enfrenta este colectivo en su incorporación al mercado de trabajo.
Con el presupuesto asignado está previsto alcanzar un número de 4.090 personas destinatarias.
7. Procedimiento de concesión.
Concurrencia competitiva.
8. Indicadores específicos.
— Número de personas que han recibido apoyo, desagregada por sexo y colectivo
destinatario.
— Número de unidades de apoyo subvencionadas.
8. Programas de subvenciones para la integración laboral de personas
en riesgo o situación de exclusión social

1. Objetivos que se pretenden alcanzar.
Favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante itinerarios personalizados de inserción.
2. Beneficiarios.
Podrán acogerse a estas subvenciones las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social en el
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.
3. Personas destinatarias.
Las personas destinatarias de las actuaciones deberán ser personas desempleadas e inscritas en los servicios públicos de empleo y encontrarse en situación o riesgo de exclusión
social conforme a lo establecido en el artículo 5.d) del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, de programas comunes del Sistema Nacional de Empleo, que comprende a:
I. Quienes se hallen incluidas en algunos de los colectivos señalados en el artículo 2.1 de
la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
II. Las personas desempleadas con especiales dificultades para su inclusión en el
mercado de trabajo ordinario que se encuentren incluidas en algunos de los siguientes colectivos señalados en el artículo 59 del Real Decreto 818/2021:
a) Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción o del ingreso mínimo vital, a excepción de aquellas que simultáneamente estén participando en itinerarios laborales promovidos por las Administraciones u organismos públicos
competentes en la concesión de dichas rentas o ingreso.

BOCM-20241202-19

Subvenciones para la integración laboral para personas en riesgo o situación
de exclusión social mediante itinerarios de inserción en colaboración
con entidades sin ánimo de lucro