C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241202-19)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 15 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 121
sional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados profesionales, según sus niveles de cualificación.
Además, se promoverá la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de empleo, la prospección de ofertas de trabajo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
Por otro lado, con el fin de revertir el despoblamiento en los municipios rurales, la orden de convocatoria de subvenciones podrá limitar la participación de los beneficiarios a
las entidades que tengan la condición de entidad rural.
Hay dos programas públicos de empleo y formación:
a) Programa público de empleo-formación para la activación profesional; dirigido a
la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las competencias profesionales de los
participantes cualificados en la ocupación.
b) Programa público de empleo-formación para la cualificación profesional; dirigido
a la mejora de la ocupabilidad y la cualificación profesional de los participantes
en una ocupación.
2.
Beneficiarios.
Podrán acogerse a las ayudas de los programas públicos de empleo-formación las entidades locales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda
íntegramente a dichas entidades locales.
En función de las especificidades en la atención de los colectivos de demandantes de
empleo de atención prioritaria, la orden de convocatoria de subvenciones podrá establecer
como beneficiarios de estas ayudas a las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro,
con personalidad jurídica propia, que tengan sede en la Comunidad de Madrid y acrediten
los requisitos de experiencia de trabajo con el colectivo de atención prioritaria y la capacidad técnica y de gestión que se establezcan en la convocatoria.
3.
Personas destinatarias.
Serán destinatarias del Programa público de empleo-formación para la activación profesional, las personas demandantes de empleo, en situación laboral de no ocupadas, que estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y que dispongan de cualificación profesional para el desempeño de la
ocupación.
Serán destinatarias del Programa público de empleo-formación para la cualificación
profesional, las personas demandantes de empleo, en situación laboral de no ocupadas, que
estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y que carezcan de título o certificado profesional para el desempeño de
la ocupación.
Los destinatarios deben pertenecer al colectivo de atención prioritaria que se determine en la convocatoria, pudiéndose también establecer como destinatarias a las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Fuentes de financiación y coste previsible.
La financiación de las subvenciones se imputará al Subconcepto 46200 Actuaciones
Cofinanciadas F. S. E. y otras, del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento
del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, con una
tasa máxima de cofinanciación del 40 por 100, en la convocatoria enmarcada en los programas de empleo-formación de subvenciones para la realización del programa de fomento de
empleo juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.
El presupuesto estimado que será destinado a las convocatorias de programas de activación y cualificación enmarcados en el programa de fomento de empleo juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027, es de 14.000.000 euros.
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en el resto de convocatorias de los
programas públicos de empleo-formación.
BOCM-20241202-19
4.
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 121
sional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados profesionales, según sus niveles de cualificación.
Además, se promoverá la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de empleo, la prospección de ofertas de trabajo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
Por otro lado, con el fin de revertir el despoblamiento en los municipios rurales, la orden de convocatoria de subvenciones podrá limitar la participación de los beneficiarios a
las entidades que tengan la condición de entidad rural.
Hay dos programas públicos de empleo y formación:
a) Programa público de empleo-formación para la activación profesional; dirigido a
la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las competencias profesionales de los
participantes cualificados en la ocupación.
b) Programa público de empleo-formación para la cualificación profesional; dirigido
a la mejora de la ocupabilidad y la cualificación profesional de los participantes
en una ocupación.
2.
Beneficiarios.
Podrán acogerse a las ayudas de los programas públicos de empleo-formación las entidades locales de la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda
íntegramente a dichas entidades locales.
En función de las especificidades en la atención de los colectivos de demandantes de
empleo de atención prioritaria, la orden de convocatoria de subvenciones podrá establecer
como beneficiarios de estas ayudas a las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro,
con personalidad jurídica propia, que tengan sede en la Comunidad de Madrid y acrediten
los requisitos de experiencia de trabajo con el colectivo de atención prioritaria y la capacidad técnica y de gestión que se establezcan en la convocatoria.
3.
Personas destinatarias.
Serán destinatarias del Programa público de empleo-formación para la activación profesional, las personas demandantes de empleo, en situación laboral de no ocupadas, que estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y que dispongan de cualificación profesional para el desempeño de la
ocupación.
Serán destinatarias del Programa público de empleo-formación para la cualificación
profesional, las personas demandantes de empleo, en situación laboral de no ocupadas, que
estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y que carezcan de título o certificado profesional para el desempeño de
la ocupación.
Los destinatarios deben pertenecer al colectivo de atención prioritaria que se determine en la convocatoria, pudiéndose también establecer como destinatarias a las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Fuentes de financiación y coste previsible.
La financiación de las subvenciones se imputará al Subconcepto 46200 Actuaciones
Cofinanciadas F. S. E. y otras, del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento
del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, con una
tasa máxima de cofinanciación del 40 por 100, en la convocatoria enmarcada en los programas de empleo-formación de subvenciones para la realización del programa de fomento de
empleo juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.
El presupuesto estimado que será destinado a las convocatorias de programas de activación y cualificación enmarcados en el programa de fomento de empleo juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027, es de 14.000.000 euros.
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en el resto de convocatorias de los
programas públicos de empleo-formación.
BOCM-20241202-19
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