Coslada (BOCM-20241129-68)
Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios actividades
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 285

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Publicación y entrada en vigor

BOCM-20241129-68

De conformidad con lo dispuesto los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la publicación, entrada en vigor y comunicación de la presente ordenanza se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo del pleno de aprobación definitiva se comunicará a la Administración
General del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación por
ambas administraciones públicas, la ordenanza y el acuerdo del pleno que la
aprueba se publicara en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
c) La ordenanza entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Coslada, a 15 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/19.016/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791