D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241129-31)
Convenio – Adenda de 5 de noviembre de 2024, de segunda prórroga y modificación del convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, la Consejería de Sanidad y la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Atención Primaria para la promoción de la participación en los programas europeos de gestión directa en el ámbito de la salud en la Comunidad de Madrid
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 166
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
lación a la finalización de su vigencia, acordándose mediante la presente Adenda la
modificación del punto 1 de la cláusula sexta, quedando la redacción como sigue:
“El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma que no podrá ser anterior al día 15 de diciembre de 2022 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023,
siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de
sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes antes de la finalización de su vigencia”.
Cuarta
Obligaciones y efectos
Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 29
diciembre de 2022, así como la modificación objeto de la presente Adenda se entenderán
vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2024.
Quinta
Régimen jurídico
BOCM-20241129-31
Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de
la firma del Convenio.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman
esta Adenda de prórroga y modificación, en el lugar señalado en el encabezamiento y a la
fecha de la última de las firmas.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—La Consejera de Sanidad, Fátima Matute
Teresa.—La Presidenta del Patronato de la Fundación para la Investigación e Innovación
Biosanitaria Atención Primaria, Almudena Quintana Morgado.
(03/18.652/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 166
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
lación a la finalización de su vigencia, acordándose mediante la presente Adenda la
modificación del punto 1 de la cláusula sexta, quedando la redacción como sigue:
“El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma que no podrá ser anterior al día 15 de diciembre de 2022 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023,
siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de
sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes antes de la finalización de su vigencia”.
Cuarta
Obligaciones y efectos
Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 29
diciembre de 2022, así como la modificación objeto de la presente Adenda se entenderán
vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2024.
Quinta
Régimen jurídico
BOCM-20241129-31
Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de
la firma del Convenio.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman
esta Adenda de prórroga y modificación, en el lugar señalado en el encabezamiento y a la
fecha de la última de las firmas.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—La Consejera de Sanidad, Fátima Matute
Teresa.—La Presidenta del Patronato de la Fundación para la Investigación e Innovación
Biosanitaria Atención Primaria, Almudena Quintana Morgado.
(03/18.652/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791