C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241128-16)
Disolución mancomunidad –  Orden de 11 de noviembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se da por cumplido el trámite previsto relativo a la emisión de informe favorable al acuerdo de disolución de la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 284

“ACUERDO
Primero
Aprobar la disolución definitiva de la MSAU, en virtud del Informe-Propuesta de liquidación de la Comisión Liquidadora establecida a tal efecto, que contiene la documentación establecida en el artículo 30.3 de los estatutos de la Mancomunidad, para lograr la integración de la MSAU en la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte (MSSN), como Área
de Servicios Técnicos, Jurídicos y Urbanísticos, todo ello conforme al calendario propuesto de actuaciones.
Segundo
Delegar en la Junta de Gobierno Local de la Mancomunidad el ejercicio de todas las
funciones indispensable para hasta la eficaz integración jurídica, administrativa y económica como nuevo Área en la nueva MSSN.
Tercero
Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la
Comunidad de Madrid, así como a los Ayuntamientos que integran la Mancomunidad.”
Con fecha de 3 de octubre de 2024, por el Director General de Reequilibrio Territorial
se realizó requerimiento a la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, siendo notificado con fecha de 7 de octubre de 2024, con el siguiente literal:
“Requerir a la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, al objeto de emitir el informe solicitado, para que remita a la Subdirección General de
Asistencia a Municipios, la documentación que a continuación se especifica:
Acuerdo inicial de disolución de la Mancomunidad.
Acuerdo de nombramiento de la Comisión Liquidadora.
Actas de las reuniones celebradas por la comisión liquidadora, en caso de existir.
Propuesta emitida por la Comisión liquidadora”.

Con fecha de 15 de octubre de 2024 y NRE ORVE REGAGE24e00078385740 y
REGAGE24e00078385666 ha tenido entrada en el Registro auxiliar de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, NRE 43-270155-9-24 230924, aportación de documentación
dando respuesta al requerimiento de 3 de octubre de 2024 por parte de la Mancomunidad
de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, en la que, además, se solicita la
emisión de informe de legalidad.
Adicionalmente se requiere a la Mancomunidad la remisión de información en relación con la deuda existente con el Ayuntamiento de Torremocha del Jarama (página 28 del
Informe Propuesta de Liquidación), remitiéndose a esta Subdirección escritos de reclamación de la deuda fechados en 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015,
2017, 2019, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Habiéndose atribuido a esta Dirección General de Reequilibrio Territorial competencia para la tramitación de expedientes de constitución, disolución, aprobación y modificación de Estatutos de Mancomunidades de Municipios en virtud del artículo 13.3.i) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
La Dirección General de Reequilibrio Territorial es competente para la resolución de
este expediente, en aplicación de lo establecido en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local.
III. Propuesta de disolución de la MSAU
El procedimiento de disolución de las Mancomunidades de Municipios viene determinado por lo establecido en la normativa básica estatal y normativa de desarrollo autonómi-

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