Collado Mediano (BOCM-20241126-65)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 210

MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 282

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65

COLLADO MEDIANO
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2024, acuerda
la aprobación de un calendario fiscal del Ayuntamiento de Collado Mediano, correspondiente al ejercicio 2025, con el siguiente detalle:
CALENDARIO FISCAL 2025
TRIBUTO

PERIODO DE PAGO
VOLUNTARIO*

FECHA DE CARGO EN CUENTA
DOMICILIACIONES**

IVTM. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Del 01 de marzo al 30
de noviembre de 2025

05 de noviembre de 2025

IBI-URB. 1º FRACCIÓN Impuesto sobre Bienes Inmuebles de
Naturaleza Urbana

Del 01 de marzo al 30
de abril de 2025

05 de abril de 2025

TASA DE VADOS Y RECOGIDA DE BASURAS

Del 01 de mayo al 30
de julio de 2025

05 de julio de 2025

IBI-URB. 2º FRACCIÓN Impuesto sobre Bienes Inmuebles de
Naturaleza Urbana

Del 01 de julio al 30 de
septiembre de 2025

05 de agosto de 2025

Del 01 de octubre al 30
de noviembre de 2025

05 de noviembre de 2025

IBI-RÚST. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica
IAE Impuesto sobre Actividades Económicas

SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS (SEP)- 6 PLAZOS. Plazo de presentación de solicitudes: hasta
el 31 de enero de 2025

Entre los días 01 y 05 de cada mes (abril,
mayo, junio, julio, agosto y octubre de 2025)

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en el artículo 43 de
la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección, se pone en conocimiento de
todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva gestionadas mediante padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme a los siguientes:
Plazos de pago:
Los plazos de ingreso en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y
notificación colectiva serán los determinados por el Ayuntamiento en el calendario fiscal
aprobado para el ejercicio 2025.
En caso de no tener domiciliado el pago de los tributos deberá abonarlos dentro del plazo que se señala en el correspondiente recibo que se le enviará a su domicilio fiscal. La no
recepción del mismo no exime de la obligación de pago en el período voluntario establecido, no siendo su emisión obligatoria. Si no recibe dicho documento deberá solicitarlo antes
de que finalice el período voluntario en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento, donde se le expedirá un duplicado para que pueda efectuar el pago.
Modalidades de pago:
La recaudación de los tributos municipales y demás ingresos de derecho público se
realizará por medio de:
— Domiciliación bancaria. Se recomienda la domiciliación bancaria mediante cargo
en cuenta, siendo este el método más sencillo y seguro para realizar los pagos.
La domiciliación bancaria podrá solicitarla por vía telemática mediante la sede
electrónica de este Ayuntamiento, o de forma presencial, facilitando los correspondientes datos bancarios.
— Entidades colaboradoras: Caixabank/Banco Santander.
— Servicio de pago telemático con tarjeta de crédito a través de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Collado Mediano.

BOCM-20241126-65

* Si el último día de plazo de pago en período voluntario no fuera hábil (sábado, domingo o festivo), el pago se podrá realizar el inmediato hábil
siguiente, sin recargo alguno.
** Si el día 05 del mes no fuera hábil (sábado, domingo o festivo) la fecha de cargo se trasladará al primer día hábil siguiente.