Alcorcón (BOCM-20241126-52)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 282
BOCM-20241126-52
mularse contra los actos que haya emitido en virtud de las competencias que le hayan sido
delegadas para resolver actos que afecten a terceros mediante el presente decreto.
1.9. La facultad de suscribir edictos y anuncios en los diferentes Boletines Oficiales,
de las actuaciones realizadas en los expedientes tramitados por la concejalía a la que este
decreto se refiere. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, que son obligados por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.10. Las facultades necesarias para efectuar la petición de documentación, incluidas licencias, solicitudes, permisos, certificaciones, autorizaciones, etc., ante cualquier
Administración: Estatal, Autonómica, Local e Institucional, así como ante cualquier entidad privada, cuando sea procedente, en relación a las actividades y expedientes que sean
propias de la Concejalía a la que este decreto se refiere.
1.11. Las facultades precisas para ordenar la expedición de Certificaciones y otorgar
a las mismas el visto bueno de todos los actos y resoluciones que emanen de la ConcejalíaDelegada de la que es titular o que haga referencia a asuntos relativos a la misma.
1.12. La designación nominativa de los miembros de los Jurados y comisiones de calificación para la concesión de cualquier beneficio, ayudas y premios que vayan a ser gestionados por esta concejalía, previa aprobación de las bases que deberán ser propuestas por
dicha concejalía y aprobadas por la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—El presente decreto se notificará personalmente a la interesada. Sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos legales pertinentes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 14 de noviembre de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/18.760/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 192
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MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 282
BOCM-20241126-52
mularse contra los actos que haya emitido en virtud de las competencias que le hayan sido
delegadas para resolver actos que afecten a terceros mediante el presente decreto.
1.9. La facultad de suscribir edictos y anuncios en los diferentes Boletines Oficiales,
de las actuaciones realizadas en los expedientes tramitados por la concejalía a la que este
decreto se refiere. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, que son obligados por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.10. Las facultades necesarias para efectuar la petición de documentación, incluidas licencias, solicitudes, permisos, certificaciones, autorizaciones, etc., ante cualquier
Administración: Estatal, Autonómica, Local e Institucional, así como ante cualquier entidad privada, cuando sea procedente, en relación a las actividades y expedientes que sean
propias de la Concejalía a la que este decreto se refiere.
1.11. Las facultades precisas para ordenar la expedición de Certificaciones y otorgar
a las mismas el visto bueno de todos los actos y resoluciones que emanen de la ConcejalíaDelegada de la que es titular o que haga referencia a asuntos relativos a la misma.
1.12. La designación nominativa de los miembros de los Jurados y comisiones de calificación para la concesión de cualquier beneficio, ayudas y premios que vayan a ser gestionados por esta concejalía, previa aprobación de las bases que deberán ser propuestas por
dicha concejalía y aprobadas por la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—El presente decreto se notificará personalmente a la interesada. Sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos legales pertinentes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 14 de noviembre de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/18.760/24)
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ISSN 1989-4791