C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241125-22)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 6 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos del “Plan Mueve Madrid: Ayudas para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos en la Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 111

11. Cumplimiento con la normativa de fabricación de la Unión Europea,
UNE-EN 12184:2023. Sillas de ruedas con motor eléctrico, escúteres y sus cargadores. Requisitos y métodos de ensayo.
ANEXO III
REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CICLOMOTORES OBJETO DE AYUDA
CONFORME A ESTAS NORMAS

BOCM-20241125-22

1. Ciclomotores de la categoría L1e-B, con una potencia no superior a 4 kW y velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.
2. Potencia nominal mínima de 1 kW.
3. Batería de litio, con una capacidad mínima de 1 kWh.
4. Autonomía mínima de 45 km.
(03/18.446/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791