C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241125-18)
Prueba certificación inglés –  Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en la prueba de certificación de nivel C1, en el idioma inglés, en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid, para su convocatoria de febrero 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 68

LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 281

Noveno
Criterios para la adjudicación de las plazas
1. La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen
Especial autoriza un total de 1.500 plazas para la convocatoria regulada por la presente resolución, distribuidas entre las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid.
2. La adjudicación de plazas se realizará en función del orden de preferencia consignado por el solicitante y del número de vacantes ofertadas en cada Escuela Oficial de Idiomas.
3. Con el fin de resolver los casos en los que haya más solicitantes que plazas disponibles, la adjudicación de plazas se llevará a cabo teniendo en cuenta el último sorteo público
que la consejería con competencias en materia de educación celebra anualmente para regular
los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos.
Décimo
Formalización de matrícula
1. La formalización de matrícula de los solicitantes que hayan obtenido plaza se
efectuará del 20 de enero al 3 de febrero de 2025, ambas fechas incluida.
La formalización de la matrícula se realizará con carácter general a través de la Secretaría Virtual del sistema de gestión educativa Raíces de la Comunidad de Madrid,
https://raices.madrid.org/secretaríavirtual/ , o presencialmente, en la escuela oficial de idiomas que haya sido asignada a cada solicitante.
La formalización de matrícula lleva asociados dos precios públicos que los solicitantes deberán abonar, uno en concepto de “Servicios comunes: Servicios administrativos por
curso” y el segundo, “Pruebas libres para la obtención de certificado de idioma”.
3. El pago de los precios públicos se realizará mediante la aplicación informática
“Pago de tasas, precios públicos y otros ingresos” de la Comunidad de Madrid, disponible
en la dirección web: https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/#!/main . La tramitación del pago de los precios públicos requiere seleccionar un centro gestor, que deberá ser la escuela oficial de idiomas en la que el solicitante ha resultado admitido. Una vez
cumplimentados de forma telemática los formularios de precios públicos, se podrán abonar
por vía telemática. Asimismo, los documentos se podrán imprimir y presentarse para abono en alguna de las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación de la Comunidad de Madrid.
4. La matrícula se formalizará en el plazo indicado una vez el solicitante o persona
autorizada haya presentado el justificante de abono de los dos precios públicos, así como,
en su caso, la documentación requerida en la escuela oficial de idiomas asignada. Los solicitantes que no formalicen la matrícula en el período indicado decaerán de su derecho a la
plaza obtenida.
5. Con fecha 5 de febrero de 2025, las escuelas oficiales de idiomas que dispongan
de plazas podrán matricular de manera excepcional hasta completar vacantes.
Undécimo
Información de los resultados

Duodécimo
Protección de datos personales
En lo referente a la obtención de los datos personales de los participantes y/o sus representantes legales y a la seguridad y confidencialidad de estos, se atenderá a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de

BOCM-20241125-18

1. En los diez días hábiles posteriores a la finalización de la prueba de certificación,
los solicitantes podrán acceder a la información de los resultados obtenidos en la prueba a
través de los medios recogidos en el apartado octavo.
2. Una vez concluido el procedimiento de evaluación y, en cualquier caso, antes del 14 de
marzo de 2025, las escuelas oficiales de idiomas grabarán los resultados en el sistema de
gestión educativa Raíces de la Comunidad de Madrid y remitirán los cuestionarios de valoración de la prueba a la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial.