C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241125-18)
Prueba certificación inglés –  Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en la prueba de certificación de nivel C1, en el idioma inglés, en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid, para su convocatoria de febrero 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

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dad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan para cada
tipo de firma.
Asimismo, de conformidad con la Resolución de 12 de marzo de 2018 de la Dirección
General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano por la que se establecen las
condiciones de uso de firma electrónica no criptográfica en las relaciones de los interesados
con los órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Públicos
y Entidades de Derecho Público, la presentación de la solicitud podrá hacerse con el sistema
de autenticación cl@ve, mediante el registro en el sistema @SCV o, en caso de disponer de
las credenciales de acceso a la plataforma Roble (RAÍCES), con su usuario y contraseña.
3. En aquellos casos excepcionales en los que el solicitante no pueda presentar la solicitud de admisión por vía telemática, podrá hacerlo, presencialmente, en la escuela oficial de
idiomas elegida como primera opción, o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estas solicitudes, cuyo modelo estará a disposición de los
ciudadanos en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, (sede.comunidad.madrid), se
dirigirán a la escuela oficial de idiomas elegida como primera opción. El solicitante podrá incluir en su solicitud de inscripción un máximo de 15 escuelas oficiales de idiomas.
4. Los solicitantes que acrediten su discapacidad y soliciten adaptación de la prueba
de certificación deberán indicarlo en la solicitud de admisión mediante la cumplimentación
del apartado correspondiente y la presentación de la siguiente documentación:
a) Certificación oficial de discapacidad y del grado de la misma, expedido por la
Consejería o Administración competente en esta materia.
b) Dictamen técnico facultativo o informe técnico oficial con indicación del grado y
características de la discapacidad padecida y reconocida.
c) Declaración del alumno en la que indique las medidas concretas que solicita para
la realización de la prueba, referidas a las condiciones o material a utilizar.
Estos solicitantes no estarán obligados a aportar el referido certificado oficial de discapacidad cuando haya sido elaborado por un órgano de la administración de la Comunidad de Madrid, y siempre que en la solicitud no hayan manifestado su oposición expresa a
que la Comunidad de Madrid lleve a cabo la consulta de dichos datos.
Octavo
1. Las listas provisionales y definitivas de solicitantes de admisión se consultarán en la Secretaría Virtual mediante acceso restringido a través del enlace
https://raices.madrid.org/secretariavirtual o en los tablones de anuncios alojados en el
interior del centro, con el fin de garantizar que el acceso a su consulta únicamente pueden hacerlo las personas interesadas.
Los listados se realizarán solo con la indicación del número de NIF, NIE o pasaporte
anonimizado.
2. Con fecha 10 de enero de 2025, se publicará la lista provisional de solicitantes
inscritos.
3. Del día 13 al 15 de enero de 2025, ambos inclusive, se abrirá un período de reclamación.
Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas por vía telemática se presentarán por escrito a través de la Secretaría Virtual https://raices.madrid.org/secretariavirtual
Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas de forma presencial se presentarán en la secretaría del centro de la Escuela Oficial de Idiomas consignada como primera opción y se dirigirán a la dirección de este.
Además, en este período se podrán subsanar los errores materiales detectados.
Las reclamaciones presentadas a la lista provisional de solicitantes inscritos serán resueltas de manera motivada a través de la publicación del listado definitivo de solicitantes
admitidos junto con la Escuela Oficial de Idiomas asignada.
4. La lista definitiva de solicitantes admitidos, junto con la Escuela Oficial de Idiomas
asignada, se publicará el 17 de enero de 2025, conforme a lo establecido en el punto 1 de este
apartado y contra su decisión podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de
Política y Organización Educativa de la Comunidad de Madrid, cuya resolución pondrá fin a
la vía administrativa.

BOCM-20241125-18

Publicación de listas