C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241125-17)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 19 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el Fomento de la Responsabilidad Social y la Conciliación Laboral en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 61
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA
PARA EL FOMENTO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL
Y LA CONCILIACIÓN LABORAL
1. Régimen competencial y marco normativo
De conformidad con el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene atribuida la
competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico en la misma, dentro de los
objetivos marcados por la política económica nacional.
El Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, atribuyen
al titular de esta Consejería competencias en materia de empleo, autónomos, economía
social y responsabilidad social de las empresas, incluido el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno.
Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones de estas ayudas se rigen por las
siguientes normas:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa
de desarrollo.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de
8 de marzo, Reguladora de las Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2024.
Este programa de ayudas, tiene un doble objeto, por un lado, la implantación de programas de responsabilidad social en los autónomos y, por otro lado, se pretende promover la
efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las
necesidades organizativas de la empresa, mediante medidas de conciliación y flexibilización
de la jornada, fomentando el teletrabajo y la flexibilidad horaria, en particular el teletrabajo.
La primera línea subvencionará tanto la obtención o renovación de certificaciones de
normas o estándares en materia de responsabilidad social, como la puesta en marcha de planes directores o programas que tengan por objeto avanzar hacia dicha certificación. Estas
normas o estándares podrán ser la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la certificación SG21, EFR (conciliación), el sello Madrid Excelente u otras similares.
La ayuda para esta línea, tendrá una cuantía equivalente al 75 % del coste que lleve
consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, Programa o acción que sea necesario para dicha certificación o norma, así como la
participación efectiva de la entidad en iniciativas que fomenten la responsabilidad social,
con el máximo de 2.500 euros por empresa.
En la segunda línea es subvencionable la formalización de acuerdos de teletrabajo o de
flexibilidad horaria, por un período de tiempo no inferior a un año. Asimismo, son subvencionables las inversiones realizadas por la empresa por la compra de equipamiento electrónico necesario para implantar el teletrabajo.
La cuantía en esta segunda línea consistirá en un incentivo de 2.500 euros por trabajador con un acuerdo individual de teletrabajo o flexibilidad horaria, con el límite máximo
de 10.000 euros por empresa. En el caso de las inversiones, se subvenciona el 75 por 100
del coste de las mismas, con el límite máximo de 2.500 euros por empresa. En todo caso, el
importe máximo que podrá obtener una misma empresa en relación a esta segunda línea de
subvención será de 12.500 euros.
BOCM-20241125-17
2. Objetivos que se pretende alcanzar
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 61
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA
PARA EL FOMENTO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL
Y LA CONCILIACIÓN LABORAL
1. Régimen competencial y marco normativo
De conformidad con el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene atribuida la
competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico en la misma, dentro de los
objetivos marcados por la política económica nacional.
El Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, atribuyen
al titular de esta Consejería competencias en materia de empleo, autónomos, economía
social y responsabilidad social de las empresas, incluido el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno.
Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones de estas ayudas se rigen por las
siguientes normas:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa
de desarrollo.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de
8 de marzo, Reguladora de las Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2024.
Este programa de ayudas, tiene un doble objeto, por un lado, la implantación de programas de responsabilidad social en los autónomos y, por otro lado, se pretende promover la
efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las
necesidades organizativas de la empresa, mediante medidas de conciliación y flexibilización
de la jornada, fomentando el teletrabajo y la flexibilidad horaria, en particular el teletrabajo.
La primera línea subvencionará tanto la obtención o renovación de certificaciones de
normas o estándares en materia de responsabilidad social, como la puesta en marcha de planes directores o programas que tengan por objeto avanzar hacia dicha certificación. Estas
normas o estándares podrán ser la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la certificación SG21, EFR (conciliación), el sello Madrid Excelente u otras similares.
La ayuda para esta línea, tendrá una cuantía equivalente al 75 % del coste que lleve
consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, Programa o acción que sea necesario para dicha certificación o norma, así como la
participación efectiva de la entidad en iniciativas que fomenten la responsabilidad social,
con el máximo de 2.500 euros por empresa.
En la segunda línea es subvencionable la formalización de acuerdos de teletrabajo o de
flexibilidad horaria, por un período de tiempo no inferior a un año. Asimismo, son subvencionables las inversiones realizadas por la empresa por la compra de equipamiento electrónico necesario para implantar el teletrabajo.
La cuantía en esta segunda línea consistirá en un incentivo de 2.500 euros por trabajador con un acuerdo individual de teletrabajo o flexibilidad horaria, con el límite máximo
de 10.000 euros por empresa. En el caso de las inversiones, se subvenciona el 75 por 100
del coste de las mismas, con el límite máximo de 2.500 euros por empresa. En todo caso, el
importe máximo que podrá obtener una misma empresa en relación a esta segunda línea de
subvención será de 12.500 euros.
BOCM-20241125-17
2. Objetivos que se pretende alcanzar