Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-92)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 283
Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes, salvo que por ley estén atribuidos a otro órgano.
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros por parte del titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de la Ciudad en materia de Medio Ambiente, Agua, Saneamiento, Obras, Infraestructuras Urbanas,
Conservación de Espacios Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas, Limpieza viaria, Parques, Jardines y Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes, en
virtud del presente acuerdo de delegación de competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
1.1. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno
1.1.1.
Concejalía delegada de Movilidad, Transportes, Grandes Urbanizaciones
y Coordinación de Zonas
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Movilidad y Transportes.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
3. Tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones de
concurrencia competitiva incluida la disposición del gasto en el ámbito competencial de la
Concejalía, debiéndose dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de las mismas en el mes
posterior a su concesión.
4. Aprobación de las condiciones y compromisos aplicables y tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones nominativas en el ámbito competencial de la Concejalía, debiéndose dar cuenta de las mismas a la Junta de Gobierno Local en el mes posterior a su concesión.
5. Autorización y disposición de gastos relativas a subvenciones nominativas.
6. Solicitud, instrucción, aceptación, aprobación del proyecto concreto a ejecutar,
justificación y demás trámites vinculados relativo a subvenciones otorgadas al Ayuntamiento de Pozuelo por otras entidades en las materias del Área, debiéndose dar cuenta de
las mismas a la Junta de Gobierno Local en el mes posterior a su aceptación.
7. Solicitud, tramitación y aprobación de los expedientes de Convenios, exceptuando los urbanísticos.
Se atribuyen a esta Área de Gobierno con carácter general los asuntos relativos a Economía, Hacienda, Presidencia, Comunicación, Registro, Estadística, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior, Prevención, Comercio, Consumo,
Empleo, Desarrollo Empresarial, Administración Digital, Calidad e Innovación, Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización.
I. En el ámbito de los asuntos correspondientes a Economía y Hacienda:
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los servicios de Economía y Hacienda.
BOCM-20241125-92
2. Área de Gobierno de Economía, Hacienda, y Digitalización
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 283
Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes, salvo que por ley estén atribuidos a otro órgano.
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros por parte del titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de la Ciudad en materia de Medio Ambiente, Agua, Saneamiento, Obras, Infraestructuras Urbanas,
Conservación de Espacios Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas, Limpieza viaria, Parques, Jardines y Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos Urbanos, Alumbrado, Edificios, Salud Pública, Protección Animal, Movilidad y Transportes, en
virtud del presente acuerdo de delegación de competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
1.1. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno
1.1.1.
Concejalía delegada de Movilidad, Transportes, Grandes Urbanizaciones
y Coordinación de Zonas
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Movilidad y Transportes.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
3. Tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones de
concurrencia competitiva incluida la disposición del gasto en el ámbito competencial de la
Concejalía, debiéndose dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de las mismas en el mes
posterior a su concesión.
4. Aprobación de las condiciones y compromisos aplicables y tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones nominativas en el ámbito competencial de la Concejalía, debiéndose dar cuenta de las mismas a la Junta de Gobierno Local en el mes posterior a su concesión.
5. Autorización y disposición de gastos relativas a subvenciones nominativas.
6. Solicitud, instrucción, aceptación, aprobación del proyecto concreto a ejecutar,
justificación y demás trámites vinculados relativo a subvenciones otorgadas al Ayuntamiento de Pozuelo por otras entidades en las materias del Área, debiéndose dar cuenta de
las mismas a la Junta de Gobierno Local en el mes posterior a su aceptación.
7. Solicitud, tramitación y aprobación de los expedientes de Convenios, exceptuando los urbanísticos.
Se atribuyen a esta Área de Gobierno con carácter general los asuntos relativos a Economía, Hacienda, Presidencia, Comunicación, Registro, Estadística, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior, Prevención, Comercio, Consumo,
Empleo, Desarrollo Empresarial, Administración Digital, Calidad e Innovación, Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización.
I. En el ámbito de los asuntos correspondientes a Economía y Hacienda:
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los servicios de Economía y Hacienda.
BOCM-20241125-92
2. Área de Gobierno de Economía, Hacienda, y Digitalización