Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-91)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
III. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Contratación y Patrimonio, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Contratación y dirección de su personal.
2. Dirección de toda la contratación municipal.
3. Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
4. Control y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las
Áreas y Concejalías competentes.
5. Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
6. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Patrimonio y dirección de su personal.
7. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto la administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales,
entre otros los de: altas, bajas y modificaciones en el inventario municipal, agrupación, segregación, división, declaración de nueva configuración geométrica, excesos de cabida, declaración de obra nueva y otros similares.
8. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto el disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
9. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan
por objeto la disposición de bienes y derechos municipales, entre otros los de: donación,
enajenación, venta, permuta y cesión gratuita de propiedad y otros similares.
10. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan
por objeto la defensa de bienes y derechos municipales, así como otras prerrogativas sobre
los mismos, entre otros los de: investigación, deslinde, recuperación posesoria, desahucio
administrativo, reversión, rescate y actos equivalentes.
11. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos de responsabilidad patrimonial e iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los de responsabilidad civil.
12. Formalización de las autorizaciones y concesiones demaniales.
13. Resolución de expedientes administrativos cuando ello suponga la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros y que no correspondan a la Junta de Gobierno
Local, en las siguientes materias:
a. Administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales y demás
competencias en materia de patrimonio que se indican en los apartados anteriores.
b. Disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
c. Disposición de bienes y derechos municipales, en los términos previstos en la legislación vigente en materia de Patrimonio.
14. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en materias de patrimonio, responsabilidad patrimonial y responsabilidad civil.
IV. Con carácter general:
1. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos unipersonales y documentación obrante en el Área de Gobierno de los asuntos propios de su competencia.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de su competencia.
3. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente adquiridos, incluidas las certificaciones finales de los contratos de obras, de
asuntos de su competencia.
4. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el ámbito de su Área de Gobierno.
5. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área de Gobierno.
6. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área
de Gobierno.
7. Formalización de los contratos de su Área de Gobierno y los de arrendamiento de
viviendas.
8. Autorizar y celebrar matrimonios.
Pág. 263
BOCM-20241125-91
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
III. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Contratación y Patrimonio, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Contratación y dirección de su personal.
2. Dirección de toda la contratación municipal.
3. Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
4. Control y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las
Áreas y Concejalías competentes.
5. Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
6. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Patrimonio y dirección de su personal.
7. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto la administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales,
entre otros los de: altas, bajas y modificaciones en el inventario municipal, agrupación, segregación, división, declaración de nueva configuración geométrica, excesos de cabida, declaración de obra nueva y otros similares.
8. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto el disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
9. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan
por objeto la disposición de bienes y derechos municipales, entre otros los de: donación,
enajenación, venta, permuta y cesión gratuita de propiedad y otros similares.
10. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan
por objeto la defensa de bienes y derechos municipales, así como otras prerrogativas sobre
los mismos, entre otros los de: investigación, deslinde, recuperación posesoria, desahucio
administrativo, reversión, rescate y actos equivalentes.
11. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos de responsabilidad patrimonial e iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los de responsabilidad civil.
12. Formalización de las autorizaciones y concesiones demaniales.
13. Resolución de expedientes administrativos cuando ello suponga la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros y que no correspondan a la Junta de Gobierno
Local, en las siguientes materias:
a. Administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales y demás
competencias en materia de patrimonio que se indican en los apartados anteriores.
b. Disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
c. Disposición de bienes y derechos municipales, en los términos previstos en la legislación vigente en materia de Patrimonio.
14. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en materias de patrimonio, responsabilidad patrimonial y responsabilidad civil.
IV. Con carácter general:
1. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos unipersonales y documentación obrante en el Área de Gobierno de los asuntos propios de su competencia.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por delegación en asuntos propios de su competencia.
3. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente adquiridos, incluidas las certificaciones finales de los contratos de obras, de
asuntos de su competencia.
4. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el ámbito de su Área de Gobierno.
5. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área de Gobierno.
6. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área
de Gobierno.
7. Formalización de los contratos de su Área de Gobierno y los de arrendamiento de
viviendas.
8. Autorizar y celebrar matrimonios.
Pág. 263
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