Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-91)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 281

o no sedentaria establecidas en el apartado b) del artículo 3.1 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid. Todo ello sin perjuicio
de la correspondiente comunicación, en su caso, al órgano competente en materia de Patrimonio a los efectos de la práctica en el Inventario Municipal de Bienes y Derechos de las
correspondientes anotaciones.
3. Instrucción, tramitación y resolución, en su caso, de expedientes sancionadores en
materia de Cultura, Fiestas y Tradiciones, Educación, Conciliación, Seguridad, Policía Municipal, Tráfico, Protección Civil y Emergencias en los que la Alcaldía ostente la competencia.
Se delega en el titular de la Dirección General de Familia, Política Social y Deportes,
en el ámbito de los asuntos correspondientes a Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud y Voluntariado y Deportes.
1. Resolución de los expedientes que se tramiten como consecuencia de la devolución de avales o fianzas depositadas así como el reembolso de los costes de garantías que
se constituyan en su ámbito competencial.
2. Instrucción, tramitación y resolución, en su caso, de expedientes sancionadores en
materia de Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud y Voluntariado y Deportes en los que la Alcaldía ostente la competencia.
3.2. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno y competencias
de las Concejalías
Concejalía delegada de Política Social y Mayores

Titular: D. Juan Manuel Ruiz Boj.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Política Social, Servicios Sociales, Mayores e Igualdad y, en especial,
las siguientes competencias:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Servicios Sociales, Mayores e Igualdad y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que corresponde al Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Servicios Sociales, Mayores e Igualdad.
3. Propuesta y seguimiento de las directrices municipales generales relativas a las
políticas sociales.
4. Proponer la celebración de acuerdos de colaboración en materia social con otras
Administraciones y/o instituciones públicas y privadas para el desarrollo de las competencias propias de la Concejalía.
5. Propuesta, ejecución y seguimiento de las directrices específicas de la política municipal en relación con materias de Servicios Sociales, Mayores e Igualdad y proponer y
ejecutar los programas de actuación en esta materia.
6. Dirección, coordinación y gestión de los Centros Municipales de Atención Social.
7. Promover, en el marco de las competencias municipales, las políticas de apoyo y
asistencia a los mayores.
8. Resolución de la concesión del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria.
9. Dirección y gestión de los Centros Municipales de mayores.
10. Promover el desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la integración de las personas inmigrantes en el Municipio.
11. Proponer y ejecutar las medidas preventivas y paliativas que permitan la integración de los colectivos con mayor riesgo de exclusión social.
12. Promover, en el marco de las competencias municipales, las condiciones que hagan efectiva la Igualdad.
13. Coordinar las políticas preventivas que permitan reducir la violencia de género
y las de carácter asistencial que permitan paliar las consecuencias de la misma.
14. Tramitación de ayudas económicas de los servicios sociales municipales.
15. Concesión, denegación y revocación de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad y agudeza visual reducida y discapacidad en los términos previstos en la
normativa de la Comunidad de Madrid. Y asimismo, la suspensión del ejercicio del derecho de uso de la tarjeta en los términos establecidos en la Ordenanza correspondiente.
16. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.

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3.2.1.