Tielmes (BOCM-20241125-100)
Ofertas de empleo. Bases generales proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 306
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 281
9. En cada una de las convocatorias el Tribunal tendrá la categoría que corresponda al
grupo del cuerpo o escala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
10. La designación concreta de los miembros del Tribunal Calificador deberá efectuarse mediante resolución y publicarse en el tablón de anuncios y en la página web del
Ayuntamiento.
11. La composición del Tribunal se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
8. Desarrollo del proceso selectivo
1. Las pruebas darán comienzo en el día y lugar indicado en la convocatoria una vez
constituido el Tribunal y realizado el llamamiento a los aspirantes admitidos a la convocatoria. Serán automáticamente excluidos de la misma quienes no se presenten a dicho llamamiento, salvo en los casos de fuerza mayor y justificados, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.
2. Una vez comenzado el proceso selectivo los sucesivos anuncios de celebración de
las pruebas, así como las calificaciones de éstas, se expondrán en el tablón de anuncios y
en la página web del Ayuntamiento.
3. En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad.
4. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir
un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.
9. Calificación y propuesta del Tribunal
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios y
en la página web del Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación; no
pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas. El Tribunal elevará dicha relación
proponiendo la formalización del correspondiente nombramiento.
Siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento o contratación.
10. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la
página web municipal cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente.
Contra las presentes bases y su convocatoria se podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el alcalde, o bien, directamente,
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En lo no previsto en las bases se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación y
las propias normas de desarrollo e interpretación de los Tribunales Calificadores.
En Tielmes, a 12 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Barbero
Moreno.
(03/18.619/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241125-100
11. Recursos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 306
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 281
9. En cada una de las convocatorias el Tribunal tendrá la categoría que corresponda al
grupo del cuerpo o escala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
10. La designación concreta de los miembros del Tribunal Calificador deberá efectuarse mediante resolución y publicarse en el tablón de anuncios y en la página web del
Ayuntamiento.
11. La composición del Tribunal se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
8. Desarrollo del proceso selectivo
1. Las pruebas darán comienzo en el día y lugar indicado en la convocatoria una vez
constituido el Tribunal y realizado el llamamiento a los aspirantes admitidos a la convocatoria. Serán automáticamente excluidos de la misma quienes no se presenten a dicho llamamiento, salvo en los casos de fuerza mayor y justificados, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.
2. Una vez comenzado el proceso selectivo los sucesivos anuncios de celebración de
las pruebas, así como las calificaciones de éstas, se expondrán en el tablón de anuncios y
en la página web del Ayuntamiento.
3. En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad.
4. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir
un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.
9. Calificación y propuesta del Tribunal
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios y
en la página web del Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación; no
pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas. El Tribunal elevará dicha relación
proponiendo la formalización del correspondiente nombramiento.
Siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento o contratación.
10. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la
página web municipal cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente.
Contra las presentes bases y su convocatoria se podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el alcalde, o bien, directamente,
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En lo no previsto en las bases se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación y
las propias normas de desarrollo e interpretación de los Tribunales Calificadores.
En Tielmes, a 12 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Barbero
Moreno.
(03/18.619/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241125-100
11. Recursos