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Convenio – Adenda de 11 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, la Fundación del Teatro Real y la Fundación Amigos del Teatro Real para el desarrollo de actividades en el ámbito educativo y cultural
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 281
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 137
b. Proteger, conservar y promover el enriquecimiento de los bienes que integran su
patrimonio artístico, y la defensa, promoción e investigación del patrimonio musical español.
c. Fomentar la difusión, el aprecio y el conocimiento de estas artes, así como la asistencia de los ciudadanos a su programación y actividades.
d. Estimular e incentivar la creación, la investigación, el estudio y la formación como
medios principales de perfeccionamiento profesional del Teatro Real.
e. Prestar, según sus posibilidades, el asesoramiento y la información que le sean requeridos o que se deriven de los convenios o contratos otorgados.
f. Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras instituciones, y en
particular con las agrupaciones de ópera, conservatorios y escuelas de canto y danza, nacionales e internacionales.
Para el cumplimiento de sus fines, los estatutos capacitan al Teatro Real a realizarlos
por sí mismo o en unión de cualesquiera personas físicas o jurídicas, privadas o públicas,
incluso sociedades mercantiles u órganos dependientes de la Administración del Estado,
Autonómica o Local.
III. La Fundación Amigos, de acuerdo con sus estatutos, tiene como finalidad la promoción, estímulo, apoyo y desarrollo de cuantas acciones culturales, educativas y de otra
índole tengan relación con la Fundación del Teatro Real, para ayudar al cumplimiento de
sus fines fundacionales y a sus actividades, y para dar difusión nacional e internacional de
las actividades musicales, líricas y coreográficas desarrolladas por el Teatro Real.
IV. El Teatro Real, la Fundación Amigos y la Comunidad, consideran de interés colaborar en la realización de actividades culturales relacionadas con sus fines.
V. Con fecha 13 de noviembre de 2020, se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid, la Fundación del Teatro Real F.S.P. y la Fundación Amigos del Teatro Real para
el desarrollo de actividades en el ámbito educativo y cultural.
VI. Conforme a lo establecido en la cláusula quinta del convenio, éste tiene una duración de cuatro años pudiéndose prorrogar por igual período de tiempo, mediante acuerdo
expreso de las partes firmantes, que deberá ser formalizado antes de que finalice su plazo
de vigencia.
VII. Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho convenio de colaboración, se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha de la extinción
del mismo.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes del convenio, estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro años, de conformidad a la siguiente,
CLÁUSULA
Única
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por cuatro años, del convenio suscrito el 13
de noviembre de 2020 entre la Comunidad de Madrid, la Fundación del Teatro Real F.S.P.
y la Fundación Amigos del Teatro Real para el desarrollo de actividades en el ámbito educativo y cultural.
Los efectos de la presente adenda de prórroga de este convenio, se extenderán desde
el día 13 de noviembre de 2024 hasta el 12 de noviembre de 2028.
Y en prueba de su conformidad, ambas partes firman por triplicado, a un solo efecto,
la presente adenda, en el lugar y fecha que constan en el encabezado.
Madrid, a 11 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Presidenta del
Gobierno de la Comunidad de Madrid, Sra. Isabel Díaz Ayuso.—Por la Fundación Amigos
del Teatro Real, el Presidente del Patronato de la Fundación Amigos del Teatro Real, Gregorio Marañón y Beltrán de Lis.—Por la Fundación del Teatro Real, el Director General de
la Fundación del Teatro Real, por delegación del Patronato [artículo 11.l) de los Estatutos
de la Fundación del Teatro Real], Ignacio García-Belenguer Laita.
(03/18.679/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241125-30
Objeto de la adenda
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 281
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 137
b. Proteger, conservar y promover el enriquecimiento de los bienes que integran su
patrimonio artístico, y la defensa, promoción e investigación del patrimonio musical español.
c. Fomentar la difusión, el aprecio y el conocimiento de estas artes, así como la asistencia de los ciudadanos a su programación y actividades.
d. Estimular e incentivar la creación, la investigación, el estudio y la formación como
medios principales de perfeccionamiento profesional del Teatro Real.
e. Prestar, según sus posibilidades, el asesoramiento y la información que le sean requeridos o que se deriven de los convenios o contratos otorgados.
f. Establecer relaciones de cooperación y colaboración con otras instituciones, y en
particular con las agrupaciones de ópera, conservatorios y escuelas de canto y danza, nacionales e internacionales.
Para el cumplimiento de sus fines, los estatutos capacitan al Teatro Real a realizarlos
por sí mismo o en unión de cualesquiera personas físicas o jurídicas, privadas o públicas,
incluso sociedades mercantiles u órganos dependientes de la Administración del Estado,
Autonómica o Local.
III. La Fundación Amigos, de acuerdo con sus estatutos, tiene como finalidad la promoción, estímulo, apoyo y desarrollo de cuantas acciones culturales, educativas y de otra
índole tengan relación con la Fundación del Teatro Real, para ayudar al cumplimiento de
sus fines fundacionales y a sus actividades, y para dar difusión nacional e internacional de
las actividades musicales, líricas y coreográficas desarrolladas por el Teatro Real.
IV. El Teatro Real, la Fundación Amigos y la Comunidad, consideran de interés colaborar en la realización de actividades culturales relacionadas con sus fines.
V. Con fecha 13 de noviembre de 2020, se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid, la Fundación del Teatro Real F.S.P. y la Fundación Amigos del Teatro Real para
el desarrollo de actividades en el ámbito educativo y cultural.
VI. Conforme a lo establecido en la cláusula quinta del convenio, éste tiene una duración de cuatro años pudiéndose prorrogar por igual período de tiempo, mediante acuerdo
expreso de las partes firmantes, que deberá ser formalizado antes de que finalice su plazo
de vigencia.
VII. Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho convenio de colaboración, se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha de la extinción
del mismo.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes del convenio, estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro años, de conformidad a la siguiente,
CLÁUSULA
Única
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por cuatro años, del convenio suscrito el 13
de noviembre de 2020 entre la Comunidad de Madrid, la Fundación del Teatro Real F.S.P.
y la Fundación Amigos del Teatro Real para el desarrollo de actividades en el ámbito educativo y cultural.
Los efectos de la presente adenda de prórroga de este convenio, se extenderán desde
el día 13 de noviembre de 2024 hasta el 12 de noviembre de 2028.
Y en prueba de su conformidad, ambas partes firman por triplicado, a un solo efecto,
la presente adenda, en el lugar y fecha que constan en el encabezado.
Madrid, a 11 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Presidenta del
Gobierno de la Comunidad de Madrid, Sra. Isabel Díaz Ayuso.—Por la Fundación Amigos
del Teatro Real, el Presidente del Patronato de la Fundación Amigos del Teatro Real, Gregorio Marañón y Beltrán de Lis.—Por la Fundación del Teatro Real, el Director General de
la Fundación del Teatro Real, por delegación del Patronato [artículo 11.l) de los Estatutos
de la Fundación del Teatro Real], Ignacio García-Belenguer Laita.
(03/18.679/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241125-30
Objeto de la adenda