D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241122-16)
Convenio – Adenda de 24 de octubre de 2024, a la prórroga con vigencia desde el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 del convenio de colaboración entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), en la cual se determina el número de plazas reservadas en el Centro de Ejecución de Medidas Judiciales “Teresa de Calcuta” para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 53
El número máximo de ocupación de las 29 plazas adicionales será el siguiente:
— Un máximo de 5 plazas adicionales durante la vigencia de la presente adenda, recogida en la cláusula tercera.
— Las restantes 24 podrán ocuparse a partir del día 1 de enero de 2025 hasta la finalización del período de vigencia, siempre que GINSO hubiera realizado las adaptaciones necesarias. En caso de que no se hubieran realizado, se concederá un prorroga
por parte de la Agencia, siempre que GINSO haya preavisado con, al menos, un mes
de antelación.
Durante la vigencia de esta adenda no se realizará una distribución previa entre los distintos regímenes de internamiento (cerrado, semiabierto, abierto e internamiento terapéutico)
contemplados en la normativa aplicable, de tal forma que a lo largo del período comprendido
entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025 el total de las 156 plazas conveniadas
en la prórroga y la presente adenda podrán vincularse a cualquiera de los cuatro regímenes de
internamiento enunciados anteriormente, sin que ello implique ningún tipo de distinción en lo
relativo a su tratamiento económico.
Segunda
Cobertura económico-presupuestaria del número de plazas
en el Centro Teresa de Calcuta durante la vigencia de la adenda
Respecto a la disponibilidad presupuestaria para acometer el gasto derivado de la presente adenda hasta el 30 de junio de 2025, la imputación se realiza presupuestariamente a la
económica 25401 del programa 114A, gestionado por la Agencia, estableciéndose un compromiso plurianual que engloba las anualidades 2024 (desde el 1 de octubre) y 2025 (hasta
el 30 junio), por un importe total de 1.455.795,00 euros, con el siguiente desglose, a razón
de un importe de 255,00 euros/plaza/día:
— Ejercicio 2024: 117.300,00 euros (5 plazas, 92 días desde 1 de octubre a 31 de diciembre).
— Ejercicio 2025. 1.338.495,00 euros (29 plazas, 181 días, desde 1 de enero 2025 hasta 30 junio 2025).
Cuarta
Vigencia
La vigencia de la presente adenda se extiende desde el 1 de octubre de 2024, o desde
el día siguiente a su firma de ser posterior a la citada fecha, hasta el 30 de junio de 2025.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades de
que es titular cada uno de los firmantes y obligando con ello a su respectiva Institución, suscriben esta adenda de prórroga, por duplicado ejemplar.
En Madrid, a 24 de octubre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente de la Asociación para la Gestión de la Integración Social
(GINSO), Alfredo Santos García.
(03/18.550/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241122-16
Tercera
Régimen económico aplicable a las plazas reservadas en el Centro Teresa de Calcuta
y criterios relativos a la facturación mensual
El precio plaza/día será de 255,00 euros por plaza ocupada para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025, con independencia del régimen
de internamiento.
A efectos de facturación mensual, se aplicarán las siguientes directrices para las plazas adicionales establecidas en la presente adenda:
— El número máximo de plazas adicionales reservadas susceptibles de facturación y,
por tanto, de abono, será:
d De 5 plazas, desde el 1 de octubre a 31 diciembre de 2024.
d De 29 plazas, desde el 1 de enero 2025 hasta el 30 de junio 2025.
— Se procederá al abono del importe mensual a razón de 255,00 euros/plaza/día
ocupada.
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 53
El número máximo de ocupación de las 29 plazas adicionales será el siguiente:
— Un máximo de 5 plazas adicionales durante la vigencia de la presente adenda, recogida en la cláusula tercera.
— Las restantes 24 podrán ocuparse a partir del día 1 de enero de 2025 hasta la finalización del período de vigencia, siempre que GINSO hubiera realizado las adaptaciones necesarias. En caso de que no se hubieran realizado, se concederá un prorroga
por parte de la Agencia, siempre que GINSO haya preavisado con, al menos, un mes
de antelación.
Durante la vigencia de esta adenda no se realizará una distribución previa entre los distintos regímenes de internamiento (cerrado, semiabierto, abierto e internamiento terapéutico)
contemplados en la normativa aplicable, de tal forma que a lo largo del período comprendido
entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025 el total de las 156 plazas conveniadas
en la prórroga y la presente adenda podrán vincularse a cualquiera de los cuatro regímenes de
internamiento enunciados anteriormente, sin que ello implique ningún tipo de distinción en lo
relativo a su tratamiento económico.
Segunda
Cobertura económico-presupuestaria del número de plazas
en el Centro Teresa de Calcuta durante la vigencia de la adenda
Respecto a la disponibilidad presupuestaria para acometer el gasto derivado de la presente adenda hasta el 30 de junio de 2025, la imputación se realiza presupuestariamente a la
económica 25401 del programa 114A, gestionado por la Agencia, estableciéndose un compromiso plurianual que engloba las anualidades 2024 (desde el 1 de octubre) y 2025 (hasta
el 30 junio), por un importe total de 1.455.795,00 euros, con el siguiente desglose, a razón
de un importe de 255,00 euros/plaza/día:
— Ejercicio 2024: 117.300,00 euros (5 plazas, 92 días desde 1 de octubre a 31 de diciembre).
— Ejercicio 2025. 1.338.495,00 euros (29 plazas, 181 días, desde 1 de enero 2025 hasta 30 junio 2025).
Cuarta
Vigencia
La vigencia de la presente adenda se extiende desde el 1 de octubre de 2024, o desde
el día siguiente a su firma de ser posterior a la citada fecha, hasta el 30 de junio de 2025.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades de
que es titular cada uno de los firmantes y obligando con ello a su respectiva Institución, suscriben esta adenda de prórroga, por duplicado ejemplar.
En Madrid, a 24 de octubre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente de la Asociación para la Gestión de la Integración Social
(GINSO), Alfredo Santos García.
(03/18.550/24)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20241122-16
Tercera
Régimen económico aplicable a las plazas reservadas en el Centro Teresa de Calcuta
y criterios relativos a la facturación mensual
El precio plaza/día será de 255,00 euros por plaza ocupada para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025, con independencia del régimen
de internamiento.
A efectos de facturación mensual, se aplicarán las siguientes directrices para las plazas adicionales establecidas en la presente adenda:
— El número máximo de plazas adicionales reservadas susceptibles de facturación y,
por tanto, de abono, será:
d De 5 plazas, desde el 1 de octubre a 31 diciembre de 2024.
d De 29 plazas, desde el 1 de enero 2025 hasta el 30 de junio 2025.
— Se procederá al abono del importe mensual a razón de 255,00 euros/plaza/día
ocupada.