Santa María de la Alameda (BOCM-20241121-75)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 278
RESIDENCIAL
VALOR CATASTRAL
Inferior o igual a 50.000€
TASA
80,00 €
Entre 50,001 y 100.000€
90,00 €
Entre 100.001€ y 200.000€
110,00 €
Entre 200.001€ y 300.000€
130,00 €
Superior a 300.000€
150,00 €
COMERCIAL
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual 100m2
250,00 €
Entre los 100m2 y los 200m2
325,00 €
Entre los 201m2 y los 300m2
350,00 €
Entre los 301m2 y los 400m2
375,00 €
Entre los 401m2 y los 500m2
400,00 €
Entre los 501m2 y los 750m2
450,00 €
Entre los 751m2 y los 1000m2
500,00 €
Superior a los 1001m2
600,00 €
INDUSTRIAL
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual a 50m2
100,00 €
Entre los 51m2 y los 100m2
200,00 €
Entre los 101m2 y los 150m2
250,00 €
Entre los 151m2 y los 200m2
300,00 €
Entre los 201m2 y los 250m2
350,00 €
Entre los 251m2 y los 300m2
375,00 €
Entre los 301m2 y los 350m2
400,00 €
Entre los 351m2 y los 400m2
425,00 €
Entre los 401m2 y los 450m2
450,00 €
Entre los 451m2 y los 500m2
475,00 €
Superior a los 501m2
500,00 €
HOSTELERÍA, BARES, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS
VALOR CATASTRAL
TASA
Inferior o igual a 50.000€
200,00 €
Entre 50,001 y 100.000€
300,00 €
Entre 100.001€ y 200.000€
400,00 €
Entre 200.001€ y 300.000€
500,00 €
Entre 300.001€ y 400.00€
600,00 €
Entre 400.001€ y 500.000€
700,00 €
Entre 500.001€ y 750.000€
850,00 €
Superior a 750.001€
1.000,00 €
ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual 100m2
250,00 €
Entre los 101m2 y los 200m2
325,00 €
Entre los 201m2 y los 300m2
400,00 €
Superior a los 301m2
500,00 €
OTROS USOS
SUPERFICIE DE SUELO
TASA
Inferior o igual 100m2
7,00 €
Entre los 101m2 y los 250m2
14,00 €
Entre los 251m2 y los 500m2
21,00 €
Entre los 501m2 y 750m2
28,00 €
Entre 751m2 y 1000m2
35,00 €
Superior a los 1001m2
42,00 €
Art. 7.—En caso de compartir dos o más empresas un mismo local, tributará cada una
de ellas por la superficie realmente ocupada por cada una de ellas. Los espacios comunes
se prorratearán por partes iguales entre el total de ocupantes, ya sea a título de propiedad,
posesión o por cualquier otro que permita a la empresa el desarrollo de su actividad.
BOCM-20241121-75
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 278
RESIDENCIAL
VALOR CATASTRAL
Inferior o igual a 50.000€
TASA
80,00 €
Entre 50,001 y 100.000€
90,00 €
Entre 100.001€ y 200.000€
110,00 €
Entre 200.001€ y 300.000€
130,00 €
Superior a 300.000€
150,00 €
COMERCIAL
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual 100m2
250,00 €
Entre los 100m2 y los 200m2
325,00 €
Entre los 201m2 y los 300m2
350,00 €
Entre los 301m2 y los 400m2
375,00 €
Entre los 401m2 y los 500m2
400,00 €
Entre los 501m2 y los 750m2
450,00 €
Entre los 751m2 y los 1000m2
500,00 €
Superior a los 1001m2
600,00 €
INDUSTRIAL
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual a 50m2
100,00 €
Entre los 51m2 y los 100m2
200,00 €
Entre los 101m2 y los 150m2
250,00 €
Entre los 151m2 y los 200m2
300,00 €
Entre los 201m2 y los 250m2
350,00 €
Entre los 251m2 y los 300m2
375,00 €
Entre los 301m2 y los 350m2
400,00 €
Entre los 351m2 y los 400m2
425,00 €
Entre los 401m2 y los 450m2
450,00 €
Entre los 451m2 y los 500m2
475,00 €
Superior a los 501m2
500,00 €
HOSTELERÍA, BARES, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS
VALOR CATASTRAL
TASA
Inferior o igual a 50.000€
200,00 €
Entre 50,001 y 100.000€
300,00 €
Entre 100.001€ y 200.000€
400,00 €
Entre 200.001€ y 300.000€
500,00 €
Entre 300.001€ y 400.00€
600,00 €
Entre 400.001€ y 500.000€
700,00 €
Entre 500.001€ y 750.000€
850,00 €
Superior a 750.001€
1.000,00 €
ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
METROS CONSTRUIDOS
TASA
Inferior o igual 100m2
250,00 €
Entre los 101m2 y los 200m2
325,00 €
Entre los 201m2 y los 300m2
400,00 €
Superior a los 301m2
500,00 €
OTROS USOS
SUPERFICIE DE SUELO
TASA
Inferior o igual 100m2
7,00 €
Entre los 101m2 y los 250m2
14,00 €
Entre los 251m2 y los 500m2
21,00 €
Entre los 501m2 y 750m2
28,00 €
Entre 751m2 y 1000m2
35,00 €
Superior a los 1001m2
42,00 €
Art. 7.—En caso de compartir dos o más empresas un mismo local, tributará cada una
de ellas por la superficie realmente ocupada por cada una de ellas. Los espacios comunes
se prorratearán por partes iguales entre el total de ocupantes, ya sea a título de propiedad,
posesión o por cualquier otro que permita a la empresa el desarrollo de su actividad.
BOCM-20241121-75
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID