C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241120-18)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 5133/2024, de 7 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 78

MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 277

D) Plazo
Los plazos para la ejecución del Programa de Cooperación Territorial para el desarrollo del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de
especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) son los siguientes:
— Correspondiente al presupuesto del año 2024: desde el 1 de septiembre de 2024
hasta el 31 de diciembre del año 2025.
— Correspondiente al presupuesto del año 2025: desde el 1 de septiembre de 2025
hasta el 31 de diciembre del año 2026.
— Correspondiente al presupuesto del año 2026: desde el 1 de septiembre de 2026
hasta el 31 de diciembre del año 2027.
— Correspondiente al presupuesto del año 2027: desde el 1 de septiembre de 2027
hasta el 31 de diciembre del año 2028.
E) Efectos
El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos planteados.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados
Los indicadores serán los siguientes:
— % Grado de cumplimiento de los objetivos singulares de centro.
— % Grado de cumplimiento de los compromisos del centro.
— % Grado de cumplimiento de progreso global.
— % Grado de cumplimiento de ejecución y su calidad del Plan de Actividades Palanca.
— % Grado de cumplimiento de los objetivos del Plan de Actividades Palanca (impacto).
— % Alumnos matriculados en situación de vulnerabilidad; por 100 de mejora respecto a la situación inicial.
— % Alumnos en alguna de las siguientes situaciones: absentismo, repetición de curso,
superación de curso o ciclo; por 100 de mejora respecto a la situación inicial.
— % Alumnos que superan ciclo o curso según tipología de alumnos: mujeres, hombres, alumnos vulnerables, alumnos repetidores; por 100 de mejora respecto a la
situación inicial.
G) Medidas correctoras
No se prevén medidas correctoras, dado que tanto el número de centros participantes
como el crédito presupuestario están determinados con anterioridad.
H) Evaluación

BOCM-20241120-18

La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores.
Al inicio de cada convocatoria se evaluarán los datos obtenidos del desarrollo del programa en el curso anterior, con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido a los
efectos de verificar la correcta evolución del plan estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.
(03/18.388/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791