Alcalá de Henares (BOCM-20241119-48)
Urbanismo. Medidas promoción vivienda protegida
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024

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BOCM-20241119-48

to 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones
acústicas. Dicha justificación podrá realizarse a través de Mapas Estratégicos de Ruido de
carácter oficial o bien mediante estudio acústico específico del ámbito de actuación.
2. Anexo específico donde se justifique el cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.bis de la LSCM.
Artículo 5. Tramitación.—En la tramitación de la licencia deberá recabarse informe
del Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística en relación con el cumplimiento de lo
establecido en el artículo 19.bis de la LSCM.
Las licencias que se concedan describirán el nuevo uso alternativo y el régimen de
arrendamiento recogido en el artículo segundo de la Ley 3/2024, debiendo inscribirse en el
registro de la propiedad el nuevo uso alternativo y sus características, en los términos previstos en la legislación estatal.
Artículo 6. Entidades Urbanísticas Colaboradora de Conservación.—Aquellas parcelas donde se produzca la implantación del uso alternativo previsto en la ley, que se encuentren en sectores, ámbitos de actuación o áreas homogéneas cuyo mantenimiento y
conservación esté sujeto a una Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación, deberán
seguir formando parte de la misma, por lo que figurará en las condiciones de la licencia la
obligación de la comunidad de propietarios de las viviendas de contribuir a las obligaciones
propias de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación.
Alcalá de Henares, a 8 de noviembre de 2024.—El secretario general del Pleno y de la
Asesoría Jurídica, Ángel de la Casa Monge.
(03/18.286/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791