C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241119-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 6 de noviembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se modifica la Orden 3138/2022, de 22 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el desarrollo del Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025
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BOCM

MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 276

das, de urbanización o reurbanización de los entornos de las viviendas rehabilitadas,
renovadas o edificadas, de realojos y de gastos profesionales y de gestión inherentes a la erradicación de áreas abandonadas, obsoletas o en declive y, en todo caso,
en aquellas en que exista chabolismo y/o infravivienda, con el fin último de contribuir a la inclusión social de las personas y unidades de convivencia afectadas a través del disfrute de una vivienda digna y adecuada en un contexto integrador.
— Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda asequible o social. El objeto de este programa
es el fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y de las
entidades locales, así como de sus entidades dependientes o vinculadas, o de entidades y fundaciones sin ánimo de lucro en cuyos estatutos figure la promoción y/o
gestión de viviendas protegidas, de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su arrendamiento como vivienda social.
— Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares. El objeto de este programa
es el fomento de la vivienda cooperativa en cesión de uso y otras soluciones residenciales modelo cohousing, alojamientos temporales u otras modalidades similares, destinados al arrendamiento, a la cesión en uso o al disfrute temporal en
cualquier régimen admitido en derecho, ya sean de titularidad pública o privada.
— Programa de incremento del parque público de viviendas. El objeto de este programa es el incremento del parque público de viviendas, mediante la adquisición de
viviendas, de forma individualizada o en bloque, por las administraciones públicas,
los organismos públicos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por las administraciones públicas o en las que se garantice la permanencia y
control de las administraciones públicas en al menos el 50 por 100 del capital, para
ser destinadas al alquiler o cesión en uso.
En cuanto a los objetivos operativos y efectos que se pretenden en su aplicación, citar los
siguientes: cohesión territorial, fomento de la innovación, desarrollo urbano y rural sostenible, mejorar la sostenibilidad ambiental, favorecer la movilidad, participación institucional,
incrementar la seguridad, acceso a la vivienda, favorecer la cohesión social, enriquecer el patrimonio cultural, fomento de la competitividad, fomentar la información geográfica.
El plazo necesario para la consecución de cada uno de los programas del Plan Estatal
de Vivienda 2022/2025 en los que la Comunidad de Madrid haya asumido compromisos en
materia de gestión del Plan en el convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, será el establecido por el Real Decreto 42/2022,
de 18 de enero.
Dos. Se modifica el apartado 3 del Plan Estratégico de Subvenciones, relativo a las
Líneas de subvenciones programadas, que queda redactado como sigue:
“3. Líneas de subvenciones programadas.
Los programas de subvenciones incluidos en el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 que
se van a desarrollar por parte de la Comunidad de Madrid, se corresponden con las siguientes
líneas de subvenciones programadas.

BOCM-20241119-21

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