Alcorcón (BOCM-20241119-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 276
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si es
equivalente con el puesto de trabajo convocado, para poder puntuar en este apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada
de la administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar
la equivalencia.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
B.3.1. Titulaciones oficiales: por acreditar titulaciones académicas, máximo 2
puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos.
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos.
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.
— Título de Diplomado, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos.
B.3.2. Cursos: por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que
versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de
valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin
especificación de número de horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación
y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón
y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al
Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o
que cuenten con convenios de formación con las Administraciones
Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración con estas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido
esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso.
La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional más la
obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.
C. Puntuación definitiva.
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.
El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
Pág. 229
BOCM-20241119-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si es
equivalente con el puesto de trabajo convocado, para poder puntuar en este apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada
de la administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar
la equivalencia.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
B.3.1. Titulaciones oficiales: por acreditar titulaciones académicas, máximo 2
puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos.
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos.
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.
— Título de Diplomado, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos.
B.3.2. Cursos: por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que
versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de
valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin
especificación de número de horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación
y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón
y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al
Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o
que cuenten con convenios de formación con las Administraciones
Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración con estas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido
esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso.
La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional más la
obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.
C. Puntuación definitiva.
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.
El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
Pág. 229
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