Mancomunidad Intermunicipal de Servicios El Alberche (BOCM-20241119-89)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 293
Para la obtención de la puntuación contenida en este apartado será requisito imprescindible aportar copia compulsada de los correspondientes contratos de trabajos desempeñados en las áreas de referencia o los justificantes oportunos debidamente emitidos por las entidades públicas o privadas donde se hayan prestado
tales servicios indicando su duración. Asimismo, también será imprescindible
aportar el correspondiente informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social así como toda aquella documentación que fuera oportuna a los efectos de acreditar fehacientemente los trabajos desarrollados y su duración. La documentación aportada que no especifique claramente los trabajos
desarrollados, la vinculación de estos con el objeto directo de la presente contratación, la categoría profesional o la duración del trabajo desarrollado no será tenida en consideración a los efectos de la valoración de los méritos. En el caso de
puestos de trabajo desarrollados a jornada parcial serán puntuados proporcionalmente al porcentaje de dicha jornada.
La fase de oposición, que será posterior a la del concurso y con carácter eliminatorio,
tendrá por objeto valorar los conocimientos prácticos y teóricos sobre la materia, así como
la capacidad analítica de las personas aspirantes.
La fase de oposición consistirá en la realización de una única prueba de aptitud, eliminatoria y obligatoria para las personas aspirantes y que versarán sobre el contenido del
puesto correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto en el
Programa recogido como Anexo II a estas bases específicas.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidas de
la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las personas opositoras para que
acrediten su personalidad.
Las personas candidatas deberán acudir provistas del DNI en vigor o, en su defecto,
pasaporte o carnet de conducir.
El único ejercicio de esta fase de oposición se calificará hasta un máximo de 60 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 30 puntos.
El orden de actuación de las personas aspirantes será el establecido en la Resolución
de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración
del Estado que establece que: «el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas
selectivas en la Administración General del Estado que se convoquen desde el día siguiente
a la publicación de esta resolución, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado
de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “V”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente».
El ejercicio de la oposición tendrá el siguiente contenido:
Primer y único ejercicio: Resolución de dos supuestos de carácter práctico: este ejercicio versará sobre las actividades propias del puesto de trabajo a desempeñar y consistirá
en la resolución de dos supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal y cuyo
contenido estará directamente relacionado con los temas que se recogen en el Anexo II.
El Tribunal podrá acordar la lectura en sesión pública del ejercicio pudiendo formular
a la persona aspirante, en su caso y por un período máximo de 20 minutos, cuestiones sobre dichos casos prácticos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 180 minutos, valorándose aspectos como la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos
teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
El ejercicio tiene carácter eliminatorio y se calificará entre 0 y 30 puntos cada uno de
los dos casos prácticos, siendo, por tanto, la puntuación total del ejercicio de 60 puntos.
Será necesario para aprobar este ejercicio la obtención de una calificación mínima de 15
puntos en cada uno de los dos casos prácticos.
BOCM-20241119-89
Fase de oposición.
B.O.C.M. Núm. 276
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 293
Para la obtención de la puntuación contenida en este apartado será requisito imprescindible aportar copia compulsada de los correspondientes contratos de trabajos desempeñados en las áreas de referencia o los justificantes oportunos debidamente emitidos por las entidades públicas o privadas donde se hayan prestado
tales servicios indicando su duración. Asimismo, también será imprescindible
aportar el correspondiente informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social así como toda aquella documentación que fuera oportuna a los efectos de acreditar fehacientemente los trabajos desarrollados y su duración. La documentación aportada que no especifique claramente los trabajos
desarrollados, la vinculación de estos con el objeto directo de la presente contratación, la categoría profesional o la duración del trabajo desarrollado no será tenida en consideración a los efectos de la valoración de los méritos. En el caso de
puestos de trabajo desarrollados a jornada parcial serán puntuados proporcionalmente al porcentaje de dicha jornada.
La fase de oposición, que será posterior a la del concurso y con carácter eliminatorio,
tendrá por objeto valorar los conocimientos prácticos y teóricos sobre la materia, así como
la capacidad analítica de las personas aspirantes.
La fase de oposición consistirá en la realización de una única prueba de aptitud, eliminatoria y obligatoria para las personas aspirantes y que versarán sobre el contenido del
puesto correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto en el
Programa recogido como Anexo II a estas bases específicas.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo excluidas de
la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las personas opositoras para que
acrediten su personalidad.
Las personas candidatas deberán acudir provistas del DNI en vigor o, en su defecto,
pasaporte o carnet de conducir.
El único ejercicio de esta fase de oposición se calificará hasta un máximo de 60 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 30 puntos.
El orden de actuación de las personas aspirantes será el establecido en la Resolución
de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración
del Estado que establece que: «el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas
selectivas en la Administración General del Estado que se convoquen desde el día siguiente
a la publicación de esta resolución, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado
de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “V”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente».
El ejercicio de la oposición tendrá el siguiente contenido:
Primer y único ejercicio: Resolución de dos supuestos de carácter práctico: este ejercicio versará sobre las actividades propias del puesto de trabajo a desempeñar y consistirá
en la resolución de dos supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal y cuyo
contenido estará directamente relacionado con los temas que se recogen en el Anexo II.
El Tribunal podrá acordar la lectura en sesión pública del ejercicio pudiendo formular
a la persona aspirante, en su caso y por un período máximo de 20 minutos, cuestiones sobre dichos casos prácticos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 180 minutos, valorándose aspectos como la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos
teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
El ejercicio tiene carácter eliminatorio y se calificará entre 0 y 30 puntos cada uno de
los dos casos prácticos, siendo, por tanto, la puntuación total del ejercicio de 60 puntos.
Será necesario para aprobar este ejercicio la obtención de una calificación mínima de 15
puntos en cada uno de los dos casos prácticos.
BOCM-20241119-89
Fase de oposición.